REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO Y DEL RÉGIMEN TRANSITORIO DE PROTECCIÓN

CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL ESTADO MONAGAS
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio y del Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Maturín, 22 de Julio de 2013
203° y 154°

ASUNTO: JJ1-L-2011-000864

Recibida y vista como ha sido diligencia presentada por la ciudadana SOCORRO ALVAREZ, debidamente asistida por la ABG. NATHALIE MEZA, con su carácter de autos, mediante el cual solicita se le autorice para poder viajar en compañía del niño OMITIDO (de conformidad con lo previsto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) por el período de vacaciones escolar; observándose de las actas que en fecha 01-10-2012 se le otorgó la colocación familiar provisional del referido niño a la prenombrada ciudadana, aunado a que se le otorgara en fecha 21-11-2012 permiso abierto de viaje hasta el día 30-01-2013 para poder viajar con el niño de marras, y tal como es deber de éste Tribunal velar por el sano desenvolvimiento de ésta última y la ejecución de todos sus derechos, incluido en ellos el de la recreación, considera ajustada a derecho la solicitud antes referida; en consecuencia éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, AUTORIZA el permiso de viaje solicitado, por lo que podrá el niño OMITIDO (de conformidad con lo previsto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), viajar por todo el territorio NACIONAL, desde el día 22-07-2013 hasta el día 15-09-2013, ambas fechas inclusive, en compañía de la ciudadana SOCORRO DEL PILAR ALVAREZ MOLINARES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. OMITIDO (de conformidad con lo previsto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes). Líbrese lo Conducente. Cúmplase.-
La Juez

ABG. MARIA FABIOLA TEPEDINO
La Secretaria

ABG. ZULAY ALLEN