REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE JUICIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 13 de Junio de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2006-000185
ASUNTO : NP01-P-2006-000185


Visto el escrito interpuesto por Abg. ELVIA AGUILERA – Defensor Público Séptimo Penal, en su carácter de defensor del ciudadano NESTOR ALEXANDER PEREIRA, a quien se le sigue Asunto Penal por ante este Órgano Judicial por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE CONPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el articulo 406 en relación con el 424 ambos del Código Penal, y quien solicita de este Despacho les sean extendidas las presentaciones de su representado ya que actualmente es cada 08 días y este cumple labores en esta ciudad como mecánico en Construcciones y Suministros Bearmica ya que menoscaban su desempeño laboral, asimismo anexa constancia de trabajo.

Ahora bien, después de analizada dicha solicitud, y de la revisión dispensada a las actuaciones que conforman el Asunto in comento, así como el registro de presentaciones del acusado de la cual se anexa previo a la presente decisión y evidenciado como ha sido que el referido acusado durante los últimos meses se ha estado presentando de manera irregular pesar de que sus presentaciones fueron impuestas cada 08 días, sin embargo este Tribunal tomando en consideración lo alegado por la defensa y a los fines de salvaguardar el derecho al Trabajo conforme a lo previsto en el artículo 87 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, es por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA la solicitud de Extensión de las presentaciones realizada por el imputado ciudadano NESTOR ALEXANDER PEREIRA, a CADA 15 DIAS, considerándose procedente lo requerido. Y así se decide. Líbrese Boleta de Notificación. Líbrese Oficio al Departamento del Alguacilazgo informándole lo conducente. En la sala del Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio del Estado Monagas, a los (13) días del Mes de Junio del Año Dos Mil Trece (2013).
LA JUEZ.

ABG. SOPHY AMUNDARAY BRUZUAL

LA SECRETARIA

ABG. RAQUEL HERNANDEZ