REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturin, 25 de Junio de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2007-000283
ASUNTO : NP01-P-2007-000283
Vista la copia certificada del Acta de Defunción consignada del Ciudadano OMAR JOSE CARVAJAL, titular de la Cedula de Identidad N° 17.404.285, hermano del Penado GREGORIO JOSE CARVAJAL, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. 17.404.288, con Segundo Grado de instrucción, de oficio Albañil, Estado Civil Soltero, hijo de Zoraida del Valle Fabrés Cortés y con domicilio en la Transversal 05, N°. 20, Brisas del Aeropuerto Maturín Estado Monagas, relacionada con su fallecimiento este Tribunal a los fines de decidir observa:

PRIMERO: El penado, GREGORIO JOSE CARVAJAL, quien en fecha 29-04-2009 se le otorgo el Beneficio de Régimen Abierto, y en el cual en fecha 16-6-2010, se le acordó orden de aprehensión, por el delitos de RESISTENCIA A AL AUTORIDAD Y PORTE ILICITO DE ARMA DE GUERRA previstos y sancionados en el articulo 218 ordinal 1° y 274 ambos del Código Penal Venezolano, en la causa signada con el número NP01-P-2007-000283 en virtud de que no ha comparecido ni por si mismo ni por medio de su defensor Publico, a las convocatorias para la celebración de la Audiencia especial con motivo de su presunta fuga, en once oportunidades consecutivas, cuyas fechas son; 10-06-2009, 07-07-2009, 30-07-2009,13-08-2009, 29-09-2009, 28-10-2009,01-12-2009, 21-01-2010, 06-04-2010,04-05-2010,15-06-2010;
Sin embargo esta Decidora, una vez revisadas y estudiadas las actas del presente expediente, para decidir considera lo siguiente: Cursa en actas copia Registro de Defunción del penado GREGORIO JOSE CARVAJAL, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. 17.404.288, donde dejan constancia que el mismo falleció a consecuencia de SOC hipobolemico, hemorragia interna, herida popr arma de fuego, evidenciándose que la misma posee sello húmedo estampado del Registro Civil y Electoral de Maturín Estado Monagas, así como la firma en original.…”.

En consideración a lo señalado anteriormente, esta Decisora decreta el Sobreseimiento en el presente caso en relación al penado GREGORIO JOSE CARVAJAL e igualmente se deja constancia que el Ciudadano Omar Jose Carvajal jiménez, no se encuentra incurso en este asunto penal, evidenciándose de esta manera que su hermano le usurpo la identidad, aunado a que riela a los folios acta de defunción del ciudadano JOSE GREGRORIO JIMENEZ CARVAJAL es por lo que se acuerda decretar el SOBRESEIMIENTO por fallecimiento del penado. de conformidad al Artículo 318 ordinal 3° en concordancia con el 48 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud a que la Acción Penal se ha extinguido, por Muerte del Penado. Y así se decide.

DISPOSITIVA

Fundamentado en los señalamientos expuestos anteriormente, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial del Estado Monagas Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA SOBRESEIMIENTO en la causa seguida contra del ciudadano: GREGORIO JOSE CARVAJAL, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. 17.404.288, con Segundo Grado de instrucción, de oficio Albañil, Estado Civil Soltero, hijo de Zoraida del Valle Fabrés Cortés y con domicilio en la Transversal 05, N°. 20, Brisas del Aeropuerto Maturín Estado Monagas, todo de conformidad con lo establecido en el Artículos 318 ordinales 3° en concordancia con el 48 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal en virtud a que la Acción Penal se ha extinguido, por Muerte del Penado. Notifíquese a las partes. Líbrese lo conducente Dado, firmado, sellado y refrendado en la Sala del Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas.

La Juez
ABG. MARIA YNES RODRIGUEZ SALMON

La Secretaria