REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

Vista la anterior diligencia, suscrita por la ciudadana MARIA ALEJANDRA INDRIAGO, venezolana, mayor de edad, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 91.271, respectivamente y de este domicilio, este Tribunal luego de una revisión exhaustiva de las actas que conforman la presente causa; le informa que la dirección señalada en la reforma de la demanda, fue la misma que señalo en la admisión de la presenta demanda y no la que señala en su diligencia; siendo así; mal podría este Tribunal acordar lo solicitado por la parte demandante, por tal motivo se niega lo solicitado. Y así se decide.-



ABOG. ARTURO JOSE LUCES
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL

LA SECRETARIA
ABOG. YOHISKA MUJICA







Exp: 32.696
Yosellys