REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLIVAR Y PUNCERES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BOLIVAR Y PUNCERES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. CARIPITO: VEINTE (20) DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL TRECE (2013).

203° y 154°.

Visto el Informe presentado por el ciudadano CARLOS LUIS VERDE QUILARQUE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.622.543, Contador Público, inscrito en el Colegio de Contadores Público bajo el Nº 69319, domiciliado en la Ciudad de Caripito, Municipio Bolívar del Estado Monagas, informe éste al que éste Tribunal le concede todo el valor técnico en virtud de haber sido elaborado por un experto contable, es por lo que, en aras de establecer las cantidades correspondientes a cada parte en el proceso, éste Juzgado ordena entregar las cantidades que permanecen depositadas en la cuenta Corriente de este Tribunal, en la forma siguiente: A la ciudadana NORVIS DEL VALLE QUIJADA GONZÁLEZ, la cantidad de SIETE MIL SESENTA Y OCHO BOLIVARES CON SESENTA CENTIMOS (Bs. 7.068,60), cantidad éste obtenida de la suma de las cantidades de Bs. 2.356,20 más Bs. 7.068,60 y deducida la cantidad de Bs. 2.356,20 correspondiente al cheque Nº 74643970, cantidad última que fue incorrectamente entregada a la accionante NORVIS DEL VALLE QUIJADA GONZÁLEZ en fecha 01 de Marzo del año 2012; Al ciudadano ADRIÁN JOSÉ DELGADO HERNÁNDEZ la cantidad de SEIS MIL NOVECIENTOS TRES BOLIVARES CON SESENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. 6.903,69), cantidad ésta obtenida de la suma de Bs. 4.547,49 mas Bs. 2.356,20, todo lo cual se desprende del informe contable en referencia. Y así se decide. Cúmplase.
Dada la naturaleza del presente auto, se ordena la notificación de las partes a fin de garantizar el debido proceso y que expongan lo que a bien consideren pertinente. Líbrese Boletas y anéxese copias certificadas del Informe realizado por el experto contable Carlos Luís Verde Quilarque y de las presente actuaciones siguientes al expediente signado con el N° 642-2012. Cúmplase.
El Juez Titular,


Abg. MSc. José Gregorio Guaipo Quiroz


La Secretaria,


Abg. Elizabeth Hernández Sifuentes






En la misma fecha se cumplió con lo dispuesto en el auto anterior. Conste. Secretaria.



JGGQ/luz.
EXP Nº 490-2010.