Comisión Nº 06028
LUIS JOSE RANGEL/ NELLYS TIBISAY GUEVARA MARCANO
En horas de Despacho del día de hoy 12 de Junio de 2.013, siendo las 9:00 a.m., se traslado el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Punceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, constituido por : el Juez Abg. Cesar Natera Arrioja, la Secretaria Abg. Angelica Campos y acompañado por el Abogado en ejercicio RAFAEL QUINTIN PERALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.975.220, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 33.863, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante LUIS JOSE RANGEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.025.446, a los fines de practicar la Medida de Embargo Preventivo, decretada por el tribunal comitente: JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, sobre el 25% del sueldo, salarios, bono por pago de uniformes, aguinaldos, cesta tickets, ahorro de prestaciones sociales de los beneficios salariales que obtiene la ciudadana NELLYS TIBISAY GUEVARA MARCANO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.281.720, quien labora en el Pre-escolar Libertador, Avenida Ravell, de esta Ciudad de Maturín, Estado Monagas, todo ello con motivo del Procedimiento de OBLIGACION DE MANUTENCION CONYUGAL incoado por LUIS JOSE RANGEL contra NELLYS TIBISAY GUEVARA MARCANO, y siendo las 9:30 a.m., se constituyó el Tribunal por señalamiento de la parte actora en la siguiente dirección: Calle Monagas, cruce con Girardot, Zona educativa, de esta Ciudad de Maturín del Estado Monagas. Presente Carmen Luisa Rojas, titular de la cédula de identidad Nº 9.293.694, en su carácter de Coordinador de Pagaduría, a quien el Tribunal notifico de su misión.- Acto seguido interviene la parte actora y expone: Solicito se de cumplimiento a lo ordenado por el tribunal Comitente y se me expida copia certificada de la presente acta. Es todo. Acto seguido interviene el Tribunal y expone: En cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal Comitente se declara Embargado Preventivamente el 25% del sueldo, salarios, bono por pago de uniformes, aguinaldos, cesta tickets, ahorro de prestaciones sociales de los beneficios salariales que obtiene la ciudadana NELLYS TIBISAY GUEVARA MARCANO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.281.720 y así mismo acuerda la Copia Certificada Solicitada. Es todo. En este acto interviene la persona notificada y expone: Este embargo se procesa directamente por el Ministerio de Educación en la Ciudad de Caracas, solo hacemos el trámite administrativo y ellos acatan la medida. Es todo. Sin más diligencias que practicar el Tribunal da por concluido el presente acto dejando constancia que la practica de la presente medida no genero arancel o tasa alguna por parte de Tribunal de conformidad con lo establecido el los artículos 26 y 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.- Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 10.00 a.m.-
EL JUEZ
ABG. CESAR NATERA ARRIOJA
APODERADO ACTOR
ABG. RAFAEL QUINTIN PERALES
LA PERSONA NOTIFICADA
LA SECRETARIA

ABG. ANGELICA CAMPOS