REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia


COMISION No. 5.701.-

En el día de hoy, 25 de Junio del año dos mil trece, siendo las 1:20 PM de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede del Rectorado de la Universidad del Zulia, ubicada en la avenida 16 Guajira, jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, objeto de llevar a efecto la medida preventiva de Embargo decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 04. EXP: No. 24415. Con motivo del Juicio de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN seguido por la ciudadana JUDITH PATRICIA ARRIETA MONZANT, portadora de la Cédula de Identidad No. V- 18.005.120, en beneficio de la niña de autos, en contra del ciudadano RAMON ANTONIO SANCHEZ HERNANDEZ, portador de la Cédula de Identidad No. V- 5.055.810.- En este estado presente el ciudadano (a): EDERMIRA LEAL, titular de la Cédula de Identidad No. V- 7.761.561, quién se identifico con el carácter de ENCARGADA DE RETENCIONES LEGALES. El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa ordenó retener, las siguientes cantidades: A) EL TREINTA POR CIENTO (30%) mensual del sueldo que devenga el ciudadano RAMON ANTONIO SANCHEZ HERNANDEZ, PORTADOR DE LA Cédula de identidad No. V-5.055.810, quien labora como técnico en telecomunicaciones en la Universidad del Zulia.- B) EL TREINTA POR CIENTO (30%) sobre la cantidad de dinero que le pueda corresponder al ciudadano de autos por concepto de vacaciones o bono vacacional.- C) EL TREINTA POR CIENTO (30%) de lo que le pueda corresponder por concepto de aguinaldos o cualquier bonificación especial de fin de año.- D) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) sobre las Prestaciones Sociales, Caja de Ahorro y Fideicomiso que le pueda corresponder al obligado de autos en caso de retiro voluntario, despido, o cualquier otra causa que de por terminada su relación laboral.- E) EL CIEN POR CIENTO (100%) sobre primas por hijos, o cualquier cantidad de dinero que pueda percibir el ciudadano para beneficio de su hija.- ESTE TRIBUNAL PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA ORDENA RETENER, las siguientes cantidades: A) EL TREINTA POR CIENTO (30%) mensual del sueldo que devenga el ciudadano RAMON ANTONIO SANCHEZ HERNANDEZ, PORTADOR DE LA Cédula de identidad No. V-5.055.810, quien labora como técnico en telecomunicaciones en la Universidad del Zulia.- B) EL TREINTA POR CIENTO (30%) sobre la cantidad de dinero que le pueda corresponder al ciudadano de autos por concepto de vacaciones o bono vacacional.- C) EL TREINTA POR CIENTO (30%) de lo que le pueda corresponder por concepto de aguinaldos o cualquier bonificación especial de fin de año.- D) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) sobre las Prestaciones Sociales, Caja de Ahorro y Fideicomiso que le pueda corresponder al obligado de autos en caso de retiro voluntario, despido, o cualquier otra causa que de por terminada su relación laboral.- E) EL CIEN POR CIENTO (100%) sobre primas por hijos, o cualquier cantidad de dinero que pueda percibir el ciudadano para beneficio de su hija.- Las cantidades a retener en los conceptos establecidos en los literales “A, B, C y E” deberán ser entregados directamente a la reclamante de autos, ciudadana JUDITH PATRICIA ARRIETA MONZANT, portadora de la Cédula de Identidad No. V-18.005.120, y la establecida en el literal “D” deberán ser remitidos en Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 04. EXP No. 24415.- En este estado el (la) notificado (a), anteriormente identificada con el carácter antes indicado, expuso: En nombre de mí representada, me doy por notificado (a) de la presente Medida, a reserva de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado presta o prestó servicios para la Institución que represento, a los fines de dar perfecto cumplimiento a la medida decretada por el Juzgado de la causa de las cuales doy a mi representada por notificada. Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26, 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, así lo hacen constar las partes intervinientes.- Se ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 2:50 PM.

LA JUEZ

DRA. MARTHA ELENA QUIVERA


EL NOTIFICADO (A) LA SECRETARIA TEMPORAL:


ABOG. ADRIANA SOTO.-