REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Tribunal de Ejecución Sección Adolescente
Maturin, 12 de Marzo de 2013
202º y 154º


ASUNTO PRINCIPAL : NP01-D-2012-000149
ASUNTO : NP01-D-2012-000149
JUEZA DE EJECUCION: ABG. LILIAM LARA ANDARCIA
SECRETARIA: ABG. DAUNYS MILLAN
SANCIONADO: JOSE DANIEL CHOLES MARTINEZ
RESOLUCION: REVISIÓN DE LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA Y
CESACION DE LAS REGLAS DE CONDUCTA


De conformidad con la función conferida por el Artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, este Tribunal procede a efectuar LA REVISION DE LAS MEDIDAS DE LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de UN (01) AÑO y SIMULTANEAMENTE REGLAS DE CONDUCTA por el lapso de SEIS (06) MESES, que cumple el sancionado JOSE DANIEL CHOLES MARTINEZ, Venezolano, de 17 años de edad, por haber nacido 24/12/1994 titular de la cédula de identidad número 25.969.702, domiciliado en la Calle 08 de la comunidad de Sikenun, Parroquia Cachipo del Municipio Púnceres estado Monagas, de conformidad con lo previsto en los artículos 626 y 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, por la comisión de los delitos de Robo Genérico, Resistencia a la Autoridad, Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, observando lo siguiente:

En fecha 03 de Abril de 2012 se Declinó la Competencia de la Causa por el Tribunal Primero de Ejecución Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, recibidas las presentes actuaciones en este Tribunal siendo impuesto el sancionado de las obligaciones que debía de cumplir, y donde debía realizar las presentaciones, correspondiéndole la supervisión a la Licenciada Erika Lara.

En fecha 12/11/2013 se Revisó y se Mantuvo las Medidas de LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de UN (01) AÑO y SIMULTANEAMENTE REGLAS DE CONDUCTA por el lapso de SEIS (06) MESES impuesta al ciudadano JOSE DANIEL CHOLES MARTINEZ, quien había cumplido con la Medida de Libertad Asistida por el lapso de Cuatro (04) Meses, faltándole por cumplir OCHO (08) Meses y en relación a la Medida de Reglas de Conducta, le falta por cumplir de dicha medida DOS (02) MESES.

Ahora bien, se recibió Informe presentado por el Departamento de Servicio Social, en el cual se evidencia que el joven continúa efectuando las presentaciones de manera responsable, se desempeña como obrero (ayudante de albañilería, en la misión Vivienda, permitiéndole cubrir medianamente sus gastos y el de su grupo familiar, siendo su pronostico favorable.

Se observa, que hasta el día de hoy 12/03/2013, el joven ha cumplido con la Medida de Libertad Asistida por el lapso de OCHO (08) Meses, faltándole por cumplir CUATRO (04) MESES. Es por ello, que se mantiene la medida de Libertad Asistida, a los fines de que el joven se les sigan impartiendo herramientas y estrategias de gran utilidad para poder avanzar sin llegar a delinquir nuevamente, y lograr una reinserción optima a la sociedad y a su grupo familiar.

En relación a la Medida de Reglas de Conducta, se observa que el joven cumplió con la medida impuesta por el lapso de SEIS (06) MESES, consignando la respectiva constancia de trabajo, en la cual se evidencia que labora para la Gran Misión Viviendas de Venezuela, en el Sector Sikenum; lo que significa que cumplió con las exigencias requeridas, manteniendo un comportamiento acorde a la sanción, realizando un oficio lo cual le permite seguir adelante, considerando quien aquí decide que es esta la oportunidad para declarar judicialmente la cesación de la medida de REGLAS DE CONDUCTA, es decir, determinado como ha sido el cumplimiento de la sanción por parte del sancionado JOSE DANIEL CHOLES MARTINEZ, considera este Tribunal por todo lo antes expuesto y por la facultad concedida en la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente que lo procedente es Decretar la Cesación de la Medida, de conformidad con el artículo 647 literal “h” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.

DISPOSITIVA

En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: PRIMERO SE REVISA Y MANTIENE LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA la cual fue impuesta al ciudadano JOSE DANIEL CHOLES MARTINEZ por el lapso de UN (01) AÑO, quien ha cumplido con la Medida de Libertad Asistida por el lapso de OCHO (08) Meses, faltándole por cumplir CUATRO (04) MESES. SEGUNDO: SE DECRETA LA CESACION DE LA MEDIDA DE REGLAS DE CONDUCTA, de conformidad con el artículo 647 literal “h” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. Impóngase de la presente decisión al sancionado. SE FIJA LA PRÓXIMA REVISION DE MEDIDA PARA EL DÍA JUEVES 18 DE JULIO DE 2013. Notifíquese al Fiscal Décimo Especializado del Ministerio Público y a la Defensor Público Especializado. Ofíciese y envíese Copia Certificada al Departamento de Servicio Social de esta Sección Penal de Adolescentes. Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN,

ABG. LILIAM LARA ANDARCIA.-

LA SECRETARIA,

ABG. DAUNYS MILLAN.