REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO de los MUNICIPIOS SOTILLO, LIBERTADOR y URACOA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
del ESTADO MONAGAS

Barrancas del Orinoco 13 Marzo 2.013

Con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, queda establecido que en el presente Juicio intervienen las siguientes personas como partes y su respectivo Apoderado.-

EXPEDIENTE Nº 3.361 (Solicitud)

DEMANDANTE: ELBA VIOLETA LUGO LOPEZ, LEOANDRY GUILLERMO MARTINEZ LUGO, LEIKYN DEL VALLE MARTINEZ LUGO, LEORAINE DEL VALLE MARTINEZ LUGO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° V – 3.049.307; 15.689.597; 16.391.251; y 18.515.061, respectivamente, domiciliados en la calle Callurin, casa N° 19 sector El Gallo, Urbanización Manuel Piar, San Félix, Estado Bolívar y asistidos por la abogado en ejercicio YRAIMA PAPADOPOULO MAITA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 32.724 y con domicilio procesal en la carretera Nacional vía Temblador – Uracoa del Estado Monagas.-

MOTIVO: ACCION MERO DECLARATIVA DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.-


NARRATIVA

Se inició el presente juicio mediante solicitud por Acción Mero Declarativa de Únicos y Universales Herederos, interpuesto por los ciudadanos: ELBA VIOLETA LUGO LOPEZ, LEOANDRY GUILLERMO MARTINEZ LUGO, LEIKYN DEL VALLE MARTINEZ LUGO, LEORAINE DEL VALLE MARTINEZ LUGO, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V – 3.049.307; 15.689.597; 16.391.251; y 18.515.061, respectivamente, de este domicilio, asistidos por la abogado en ejercicio YRAIMA PAPADOPOULO MAITA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 32.724 y con domicilio procesal en la carretera Nacional vía Temblador – Uracoa del Estado Monagas.-
En fecha 31 Octubre 2.012 fue recibida la Solicitud por la secretaria de este Juzgado
En fecha 01 de Noviembre de 2012, (folio 33) este Juzgado de los Municipios Sotillo, Libertador y Uracoa de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas dicta auto mediante el cual se admite la demanda y se ordena la publicación de un Cartel a fín de emplazar a cuantas personas puedan verse afectados sus derechos por la Solicitud Declaración de Únicos y Universales Herederos.-
En fecha 01 de Noviembre de 2012, (folio 35) comparece la ciudadana ELBA VIOLETA LUGO LOPEZ, titular de la cédula de identidad N° V – 3.049.307 y procede a la presentación y evacuación de testigos, aportados como medios probatorios .-
En fecha 13 Noviembre 2.012 corre inserto folio 36 con diligencia introducida por la ciudadana abogado en ejercicio YRAIMA PAPADOPOULO MAITA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 32.724 y con domicilio procesal en la carretera Nacional vía Temblador – Uracoa del Estado Monagas, en la cual procede a consignar publicación de fecha 07 Noviembre 2.012 en el diario La Prensa de Monagas, pagina 07 (Obituarios) del Edicto a publicar.-
En fecha 28 Enero 2.013 corre inserto folio ( 38 ) diligencia introducida por la abogado asistente y consigna ejemplar del Diario “EL PERIODICO” de fecha 29 de Noviembre de 2011, en cuya Pág. 39 consta la publicación del Edicto librado en la solicitud de Acción Mero declarativa.-
En el folio ( 39) de fecha 05 Enero 2.013 corre inserto publicación diario “El Periodico” pagina Internacional N° 37 del Edicto a publicar.-
En el folio ( 40) de fecha 30 Noviembre 2.012 corre inserto publicación diario “La Prensa de Monagas” pagina Obituarios 57 de Edicto a publicar.-
En el folio ( 41 ) de fecha 28 Noviembre de 2012 corre inserto publicación diario “El Periodico ” pagina Publicidad 37 de Edicto a publicar.-
En el folio (42) de la misma fecha y con igual contenido.-

II
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos y consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado de los Municipios Sotillo, Libertador y Uracoa de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas.- “Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley” DECLARA CON LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos
ELBA VIOLETA LUGO LOPEZ, LEOANDRY GUILLERMO MARTINEZ LUGO, LEIKYN DEL VALLE MARTINEZ LUGO, LEORAINE DEL VALLE MARTINEZ LUGO, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V – 3.049.307; 15.689.597; 16.391.251; y 18.515.061, respectivamente, de este domicilio, asistidos por la abogado en ejercicio YRAIMA PAPADOPOULO MAITA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 32.724 y con domicilio procesal en la carretera Nacional vía Temblador – Uracoa del Estado Monagas por ACCION MERO DECLARATIVA DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, y en consecuencia se declara a los ciudadanos: ELBA VIOLETA LUGO LOPEZ, LEOANDRY GUILLERMO MARTINEZ LUGO, LEIKYN DEL VALLE MARTINEZ LUGO, LEORAINE DEL VALLE MARTINEZ LUGO, titulares de las cédulas de identidad N° V – 3.049.307; 15.689.597; 16.391.251; y 18.515.061, respectivamente como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de quien en vida se llamara LEONARDI JESÚS MARTINEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 8.473.729, natural de la población de Tabasca, sector Merecure Municipio Libertador, Estado Monagas y quien falleciera por POLITRAUMATISMO GENERALIZADO POR ACCIDENTE DE TRÁNSITO ( sector Río Tigre, vía Morichal) en fecha 02 Agosto 2.012 según Certificado Defunción 2083631 emitido por la ciudadana Patólogo del C. I. C. P. C. Dra Zenaida Villanueva, titular de la cédula de identidad N° V - 9.860.521; según datos aportados en el Acta N° 1.989, Tomo 08, Folio 489 Parroquia San Simón, Municipio Maturín, Estado Monagas de fecha 08 Agosto 2.012 de la Comisión de Registro Civil y Electoral.--------------------------------------------------------
El Juez Prov.
Abog. Francisco Antonio Natera Castillo
La Secretaria,
Abog. Yaneth Josefina Natera Sánchez

PUBLIQUESE, REGISTRESE, NOTIFIQUESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA EN EL COPIADOR DE SENTENCIA.-

Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Sotillo, Libertador y Uracoa de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en Barrancas del Orinoco, a los Trece (13) días del mes de Marzo del año 2.013.- AÑOS: 202° de la Independencia y 154° de la Federación.-
El Juez,
Abog. Francisco Antonio Natera Castillo

La Secretaria
Abog. Yaneth Josefina Natera Sánchez

En esta misma fecha, siendo las 9:30 horas de la mañana, se registró y publicó la anterior sentencia.-
La Secretaria
Abog. Yaneth Josefina Natera Sánchez



Expte: 3.361 (Solicitud)
FANC/ Pachico