En horas del día de hoy, 11 de Marzo del año 2013, siendo las 10:40 a.m., se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Punceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en compañía de la Ciudadana María Auxiliadora Mejías, C.I. Nº 5.501.430, asistida por la Abogada Aura Monroe, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 54.553, en las instalaciones del Departamento de Recursos Humanos de la Alcaldía del Municipio Maturín del Estado Monagas, ubicada entre la Avenida Bolívar y la Calle Azcúe de esta Ciudad de Maturín Estado Monagas. Constituidos en dicho sitio se hizo presente una persona que se identificó como Milva Marcano Abreu, C.I. Nº 11.774.122, en su carácter de Directora de Recursos Humanos a quien se le notificó de la misión del Tribunal. Acto seguido la parte ejecutante expone: “Solicito se de estricto cumplimiento a la Comisión encomendada por el Tribunal de la Causa en tal sentido se proceda a la reincorporación de la Ciudadana María Auxiliadora Mejías a su puesto de Trabajo como Ingeniero Inspector IV y al pago de los Sueldos dejados de percibir y demás conceptos y beneficios contemplados en la Ley y en las disposiciones aplicables desde su ilegal despido en fecha 02 de Septiembre de 2009, hasta su efectiva reincorporación.” Es todo. El Tribunal visto lo anterior y habiendo impuesto a la notificada del decreto y práctica de la presente medida, se le ordena la reincorporación inmediata de la Ciudadana María Auxiliadora Mejías, ya identificada a su puesto de trabajo como Ingeniero Inspector IV y al pago de los salarios dejados de percibir desde su ilegal despido en fecha 02 de Septiembre de 2009, hasta su definitiva reincorporación. Acto seguido la notificada expone: “Acatamos de manera expresa lo dispuesto en la sentencia que puso fin a la Querella Funcionarial, en tal sentido se reincorpora a partir del día de hoy 11/03/2013 a la Ciudadana: María Auxiliadora Mejías, como Funcionaria activa de la Alcaldía del Municipio Maturín y nos comprometemos en cumplimiento fiel a la Sentencia a gestionar su ubicación en una cargo igual al que ostentaba desde su ilegal destitución; en cuanto al pago de los salarios dejados de percibir los mismos serán honrados una vez sean determinados por el experto que se designe por el Tribunal para tal efecto, y se constate la disponibilidad presupuestaria y financiera del Municipio para el pago de tal compromiso en el presente ejercicio fiscal, o por el contrario se actuaría en conformidad con lo previsto en el Art. 156 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal en el sentido de que el referido compromiso en el ejercicio fiscal siguiente.” Es Todo. El tribunal deja constancia que la enmendadura vale líneas 39 y 40 “como Funcionaria” no habiendo otros señalamientos se concluye el acto y se ordena el regreso a la sede del Tribunal, siendo las 12:00 m. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
La Jueza La Notificada

La Secretaria La Ejecutante

Abogado Asistente
Comisión N° 5884-13