REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE JUICIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 9 de Mayo de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2009-000720
ASUNTO : NP01-P-2009-000720

Recibido como ha sido el Registro de Defunción anotado en el Tomo 07, folio 154, acta N° 1654, de fecha 21/06/12 de la Oficina de Registro Civil de Maturín Estado Monagas, a nombre de JEAN CARLOS JOSE RODRIGUEZ PEREZ Cédula de Identidad N° 19.992.761, este Tribunal hace las siguientes consideraciones:

La presente causa, tuvo su inicio en fecha 09-03-2009, en virtud de la muerte de ciudadano DARWIN JOSE RODRIGUEZ, por la cual se acusó al ciudadano JEAN CARLOS JOSÉ RODRIGUEZ PEREZ; y en fecha 13/03/2009 el Tribunal Segundo de Control le decretó Medida de Privación de Libertad.

Como quiera, que evidentemente el imputado falleció en fecha 16/06/12 tal como se evidencia del el Registro de Defunción que antecede, es evidente que existe entonces una causa de extinción de la acción penal, según se establece en el ordinal 1° del artículo 49 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia lo ajustado y procedente a Derecho en el presente caso es DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, según el ordinal 3° del Artículo 300 ejusdem.

D I S P O S I T I V A

Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, emite el siguiente pronunciamiento: UNICO: Se DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, por extinción de la acción penal, seguida a quien en vida respondiera al nombre de JEAN CARLOS JOSE RODRIGUEZ PEREZ Cédula de Identidad N° 19.992.761, todo de conformidad con lo establecido en el ordinal 3° del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal, en concatenación con el ordinal 1° del artículo 49 ejusdem, por haber fallecido este en fecha 16/06/12.

Regístrese la presente decisión, déjese copia y notifíquese, posteriormente remítase en su debida oportunidad al Archivo Central.-
La Juez


ABG. SOPHY AMUNDARAY BRUZUAL
El Secretario


ABG.