REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE JUICIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal CUARTO de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, JUEVES 16 de Mayo de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2007-003705
ASUNTO : NP01-P-2007-003705


Revisada como ha sido la presente causa, seguida en contra del acusado CARLOS ALBERTO OROPEZA RIVAS, a quien se le sigue la misma por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO FRUSTRADO y LESIONES INTENCIONALES DE MEDIANA GRAVEDAD, y como quiera que NO se ha podido llevar a cabo el JUICIO ORAL Y PUBLICO, quien aquí decide observa:

En fecha 08 de NOVIEMBRE de 2007, se llevó a cabo la AUDIENCIA PRELIMINAR y se mantuvo PRIVADO DE LIBERTAD al acusado en cuestión.-


El mencionado ciudadano fue ACUSADO por la Fiscalía CUARTA del Ministerio Público, por unos hechos presuntamente acaecidos el 21 de ABRIL de 2009, y que constituyeron a juicio de la citada representación fiscal el delito in comento.-

El 17 de SEPTIEMBRE de 2009 este Tribunal DECRETÓ una MEDIDA CAUTELAR DE PRESENTACION CADA OCHO (08) DIAS, en razón de un retardo procesal conforme al artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal vigente para el momento de los hechos.-
De la revisión de la causa se observa que NO se ha podido realizar el JUICIO ORAL Y PUBLICO ya que el ACUSADO NUNCA HA COMPARECIDO a los llamados del Tribunal.-

Sin embargo se observa según el sistema de presentaciones llevadas por este Circuito y que se anexan, que el acusado cumple REGULARMENTE con sus presentaciones, lo que significa que mal podría esta Juzgadora REVOCAR la medida cautelar observando tal situación.-

Lo anterior, evidencia que si bien el ciudadano CARLOS ALBERTO OROPEZA RIVAS ha incumplido de manera reiterada su obligación para con la Administración de Justicia en cuanto a su comparecencia para la realización del juicio oral y público, NO es menos cierto que sí acude a sus presentaciones obligatorias, por ende este Tribunal CUARTO DE JUICIO DEL ESTADO MONAGAS, considera que lo procedente es fijar nuevamente el JUICIO ORAL Y PUBLICO, citar a las partes, y ordenar una ALERTA en el sistema de presentaciones, para que en la próxima oportunidad que comparezca a presentarse le sea notificada la fecha y la hora de la AUDIENCIA DE JUICIO.-

En consecuencia, se FIJA la AUDIENCIA DEL JUICIO ORAL Y PUBLICO para el día VIERNES 26 DE JULIO DE 2013 a las 11:30 horas de la mañana.-

Regístrese, y déjese copia.

Cítese a las partes. Se deja constancia que la ciudadana Jueza realizó el ALERTA respectiva.-
LA JUEZA,

ABG. YLCIA PEREZ JOSEPH.-
La Secretaria,

Abg.