REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Tribunal de Ejecución Sección Adolescente
Maturin, 9 de Mayo de 2013
203º y 154º


ASUNTO PRINCIPAL : NP01-D-2012-000394
ASUNTO : NP01-D-2012-000394
JUEZ DE EJECUCION: ABG. LILIAM LARA ANDARCIA
SECRETARIA; ABG. DAUNYS MILLAN EVARISTE
SANCIONADOS: IDENTIDAD OMITIDA Y
IDENTIDAD OMITIDA
DELITO: DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS
RESOLUCIÓN: SE REVISA Y SE MANTIENE LA MEDIDA DE REGLAS
DE CONDUCTA


De conformidad con la función conferida por el Artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y el Adolescente, este Tribunal procede a efectuar la Revisión de la Medida que fue impuesta a los ciudadanos IDENTIDAD OMITIDA e IDENTIDAD OMITIDA, por el lapso de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE REGLAS DE CONDUCTA de conformidad con lo establecido en el artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, por la comisión del delito de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de la Colectividad y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, en perjuicio de la COLECTIVIDAD y el ciudadano ANDRES RAFAEL BARRETO ROJAS. Este Tribunal para a revisar la Medida en los siguientes Términos:

En fecha 30 de Noviembre de 2012, se dicto auto de Ejecución y Cómputo de la Medida, siendo impuesto los sancionados en fecha 06/02/2012.

Asimismo, se observa que se recibió informe presentado por el Departamento de Servicio Social, a cargo de la Licenciada ERIKA LARA, quien manifestó que los jóvenes iniciaron sus presentaciones en fecha 10/12/2012, desde entonces cumplen con las entrevistas de manera responsable, no se han vistos involucrados en otro hecho punible, se encuentran estudiando, asimismo mantienen un comportamiento acorde con las exigencias y requerimientos propios de la sanción fijada, siendo su pronóstico favorable.

Se observa entonces, que los jóvenes IDENTIDAD OMITIDA E IDENTIDAD OMITIDA han cumplido con la medida de REGLAS DE CONDUCTA por el lapso de CINCO (05) MESES, faltándoles por cumplir UN (01) AÑO Y UN (01) MES.

Este Tribunal considera necesario Revisar y Mantener la Medida al sancionado REGLAS DE CONDUCTA, a los fines de que cumpla con los objetivos de esta fase de ejecución.

DISPOSITIVA


En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial del estado Monagas Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA: Se REVISA Y MANTIENE la medida de REGLAS DE CONDUCTA impuesta a los sancionados IDENTIDAD OMITIDA Y IDENTIDAD OMITIDA, y se determina que hasta el día de hoy han cumplido con la medida de REGLAS DE CONDUCTA por el lapso de CINCO (05) MESES, faltándoles por cumplir UN (01) AÑO Y UN (01) MES. Esta Medida se revisa conforme al artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. SE FIJA COMO FECHA PARA PRÓXIMA REVISIÓN EL DÍA MIERCOLES 09 DE OCTUBRE DEL 2013. Impóngase de esta decisión al sancionado. Notifíquese a la Fiscal Décimo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial y al Defensor. Ofíciese y Envíese Copia Certificada al Servicio Social. Cúmplase.
LA JUEZA DE EJECUCIÓN


ABG. LILIAM LARA ANDARCIA.



LA SECRETARIA


DAUNYS MILLAN EVARISTE.