REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, QUINCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL TRECE.
203º y 154º
Visto el convenimiento suscrito por las partes ciudadanos INES MARIA ROJAS GASCON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 16.696.320, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 121.231, actuando en su nombre y representación de los ciudadanos ENGELS ANTONIO ROJAS, LENIN ERNESTO ROJAS Y MARTA LILIA GASCON DE ROJAS, debidamente identificados, en su condición de Únicos y Universales Herederos del de cujus ANTONIO JOS ROJAS, parte demandante y por la parte demandada el ciudadano TORINO DE POMPEO, Italiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E- 481.682, asistido en este acto por la ciudadana YSABEL CRISTINA GOMEZ CEDEÑO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 119.925, en juicio de INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES, Expediente Nª 23.165, y por cuanto la misma no es contraria a derecho, ni lesiona los derecho de ninguna de las partes y versa sobre derecho disponible, es por lo que este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12 y 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación y homologa dicho acto en todas y cada una de su partes y en los términos acordados por los contendiente.
Dr. ARTURO JOSE LUCES TINEO,
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
La Secretaria,
En la misma fecha se cumplió lo ordenado, se publicó y registró la anterior decisión siendo las 11:00 a.m.-
La Stria,
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