REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO ACCIDENTAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. Maturín, Dos de Mayo de dos mil Trece

203° y 154°


Vista la inhibición de la presente causa formulada por el abogado OMAR JOSE SALAZAR, en su carácter de Secretario Accidental de este Tribunal, fundamentada en el Artículo 82, ordinal 18 del Código de Procedimiento Civil, y se evidencia de las actas procesales que conforman el expediente 30.158, nomenclatura interna de este Tribunal, en virtud de que ha tenido múltiples problemas con el abogado JESUS GAMBOA MARIN, quien es apoderado judicial de la parte accionada, de tal forma que su imparcialidad se vería afectada.

Siendo la inhibición el acto en virtud del cual el Juez u otro funcionario judicial, requiere separarse del conocimiento del asunto, por estar en forma calificada en la Ley o por las partes, o con el objeto del proceso, y habiendo observado la incompetencia subjetiva declarada por el Secretario Accidental de este Tribunal, y habiendo el mismo expuesto el motivo de su inhibición de la presente causa, indicando las circunstancias y motivos que contribuyeron a subsumirse en la causal invocada, no queda más que declarar procedente la solicitud formulada Y ASÍ SE DECIDE.-

Por las consideraciones que anteceden y en virtud de la norma legal citada y de conformidad con el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, este TRIBUNAL ACCIDENTAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición formulada por el ciudadano OMAR JOSE SALAZAR, para separarse del conocimiento de la presente causa y como consecuencia de lo aquí expuesto, se designa como Secretaria Accidental a la ciudadana YOHISKA MUJICA LUCES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.337.476, quien labora en eL Juzgado Natural como Secretaria titular. REGISTRESE, PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA.-

Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho.-



ABG. JENNIFER DE LOS ANGELES GIL
JUEZA ACCIDENTAL

ABG. YOHISKA MUJICA LUCES
SECRETARIA ACC.
En esta misma fecha, siendo las 8.30 a.m., se cumplió con lo ordenado. Conste.
La Stria.