REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SOTILLO, LIBERTADOR
Y URACOA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO MONAGAS

Barrancas del Orinoco, Veintiocho (28 ) de Mayo de 2.013
203° y 154°
EXPEDIENTE Nº 00800
DEMANDANTE: RAFAEL ANTONIO ROJAS HURTADO, venezolano, mayor de edad, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 132.337, con domicilio procesal en la calle Caracas, sector Altamira, de la población de Temblador Municipio Libertador Estado Monagas, actuando en su propio nombre y representación.-
DEMANDADO: MANUEL DE JESUS ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 11.518.163, domiciliado en la calle Bolívar cruce con calle El Cementerio, sector Las Parcelas, casa S/n, en Temblador, Municipio Libertador del Estado Monagas.-
MOTIVO: INTIMACION.-

Se inició el presente juicio mediante demanda incoada por el abogado en ejercicio RAFAEL ANTONIO ROJAS HURTADO, venezolano, mayor de edad, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 132.337, con domicilio procesal en la calle Caracas, sector Altamira, de la población de Temblador Municipio Libertador Estado Monagas, actuando en su propio nombre y representación para hacer efectivo el pago de una Letra de Cambio cuyo librador es el demandante en autos y el librado aceptante es el demandado en autos, en donde el vencimiento del instrumento cambiario era el 14 Enero 2.010 por un monto de DOCE MIL BOLÍVARES y en vista de la imposibilidad de hacer real y efectivo el cobro de la misma, el demandante antes identificado acude ante éste Juzgado y mediante la cual demanda por INTIMACION, donde aparece como parte demandado el ciudadano MANUEL DE JESUS ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 11.518.163, domiciliado en la calle Bolívar cruce con calle El Cementerio, sector Las Parcelas, casa S/n, en Temblador, Municipio Libertador del Estado Monagas.-
Al folio Veinte ( 20) del expediente corre inserta escrito suscrito por el ciudadano RAFAEL ANTONIO ROJAS HURTADO, venezolano, mayor de edad, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 132.337, con domicilio procesal en la calle Caracas, sector Altamira, de la población de Temblador Municipio Libertador Estado Monagas, actuando en su propio nombre y representación en donde manifiesta que DESISTE de la demanda en el presente juicio, mediante escrito recibido en este Juzgado en fecha veinticuatro ( 24 ) de Mayo del año Dos Mil Trece ( 24-05-2.013 ), todo de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.-
M O T I V A:
Por cuanto en el presente expediente la parte actora ciudadano: RAFAEL ANTONIO ROJAS HURTADO, venezolano, mayor de edad, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 132.337, con domicilio procesal en la calle Caracas, sector Altamira, de la población de Temblador Municipio Libertador Estado Monagas, actuando en su propio nombre y representación, DESISTE de la demanda en el presente juicio, mediante escrito recibido en este Juzgado en fecha veinticuatro ( 24 ) de Mayo del año Dos Mil Trece ( 24-05-2.013 ), este Tribunal, acuerda impartir la HOMOLOGACIÓN del mismo dándole toda la fuerza de Ley, de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.-
En consecuencia, se ordena el archivo del presente expediente.---------------------------------------------

D I S P O S I T I V A:
Por todos los razonamientos y consideraciones anteriormente expuestas, éste JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SOTILLO, LIBERTADOR Y URACOA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.- “Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ” ; acuerda la HOMOLOGACIÓN del mismo dándole toda la fuerza de ley de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en la demanda incoada por el ciudadano: RAFAEL ANTONIO ROJAS HURTADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V -16.214.686 abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 132.337, con domicilio procesal en la calle Caracas, sector Altamira, de la población de Temblador Municipio Libertador Estado Monagas, actuando en su propio nombre y representación, contra el ciudadano: MANUEL DE JESUS ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 11.518.163, domiciliado en la calle Bolívar cruce con calle El Cementerio, sector Las Parcelas, casa S/n, en Temblador, Municipio Libertador del Estado Monagas por: INTIMACION .- Barrancas del Orinoco, a los Veintiocho (28 ) días del mes de Mayo de Dos Mil Trece (2.013).- AÑOS: 203° de la Independencia y 154° de la Federación .- Dirigir oficios a los organismos competentes en ésta causa .-
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE SENTENCIA.----------------------------------------------------------------------------------
El Juez Prov.,
Abg., Francisco Antonio Natera Castillo
La Secretaria,
Abg., Yaneth Josefina Natera Sánchez
En esta misma fecha, siendo las 10:00 horas de la mañana, se publicó y registró la anterior sentencia.-Conste.-

La Secretaria,
Abg., Yaneth Josefina Natera Sánchez
FANC / Pachico
Expte N° 00800