REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO REGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, veinte (20) de mayo del dos mil trece (2 013)
203° y 154°

ASUNTO Nº. NP11-L-2010-001655
DEMANDANTE: RYAN VAN RUYVEN C.I. N° 14.704.870
APODERADO JUDICIAL: CARVAJAL JUANA I.P.S.A. N° 101.609
DEMANDADO: ENVIRONMENTAL SOLUTIONS DE VENEZUELA C.A (ESVENCA).
APODERADO ELIZABETH ORTEGA ALBORNOZ I.P.S.A. N° 17.260 POR ENVIRONMENTAL SOLUTIONS DE VENEZUELA C.A (ESVENCA).
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES

Vista la impugnación de la experticia presentada el 27 de febrero de 2013 por la abogada ELIZABETH ORTEGA en su carácter de apoderada de la entidad de Trabajo ENVIRONMENTAL SOLUTIONS DE VENEZUELA C.A ESVENCA en el juicio seguido por RYAN VAN RUYVEN este Tribunal acordó el nombramiento de los expertos contables para decidir conjuntamente con la Jueza sobre la procedencia o improcedencia del reclamo: fijando el día 06 de mayo de 2013 para efectuar la imposición de los conceptos a ser revisados tal como consta en autos en folio 368 y se verificó la extemporaneidad de la presentación del informe inicialmente impugnado. Se ordenó presentar informe con las cifras acordadas en el acto, lo cual se realizó el día 9 de mayo de 2013. El monto definitivo que arroja la revisión y que corresponde pagar por la entidad de Trabajo condenada al demandante es de SETENTA Y UN MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 18/100 (Bs. 71.353,18) Y definitivo los conceptos y el monto total a pagar al demandante y señalado en el informe. De esta forma queda revisada la experticia complementaria del fallo impugnada.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. En Maturín, a los veinte (20) días del mes de mayo de Dos Mil trece (2.013). Año 203° de la Independencia y 154º de la Federación.



DIOS Y FEDERACIÓN
La Jueza


Abogada Dervis Pérez Martínez




La Secretaria (o)