- REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO SUPERIOR DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, dos (2) de mayo de dos mil trece (2013)
203° y 154°


SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA


ASUNTO NP11-N-2012-000087
Demandante: CONSTRUCCIONES VIGA, C. A. inscrita en el inscrita inicialmente por ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en fecha 5 de marzo de 1990, anotado bajo el Nro.64, folios vto. 108 al 112 y su vuelto del Libro de Registro de Comercio, Tomo II habilitado
Apoderado Judicial: Abogado JESÚS JOAQUIN CAMPOS GÓMEZ inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado número 29.755. Conforme consta de Poder Notariado, a los folios del 28 al 30 ambos inclusive.

Demandados: DIRECCION ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES MONAGAS Y DELTA AMACURO (DIRESAT) DEL INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES. (INPSASEL).
Apoderado Judicial:
NO CONSTA EN AUTOS

Motivo: RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD.



En fecha 5 noviembre de 2012, la parte demandante en nulidad, empresa CONSTRUCCIONES VIGA, C. A., interpone Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, por ante la Unidad de Recepción y Documentos de esta Coordinación del Trabajo, por intermedio de su Apoderado Judicial Abogado JESÚS JOAQUIN CAMPOS GÓMEZ, arriba identificado, contra la Certificación Administrativa dictada por el DIRECCION ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES MONAGAS Y DELTA AMACURO (DIRESAT) DEL INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES. (INPSASEL), Certificación Nro. 0259-2012 de fecha 23 de mayo de 2012, mediante la cual se certificó que el Ciudadano MAURO JOSÉ ALCALÁ ROJAS, identificado en Autos; se le diagnostica Enfermedad Ocupacional (agravada con ocasión del Trabajo) que le ocasiona una Discapacidad Parcial y Permanente; el cual previa distribución de la causa conforme al sistema Juris2000, correspondió el conocimiento del mismo, a este Juzgado Segundo Superior del Trabajo con Competencia en materia Contenciosa administrativa; en consecuencia se da por recibido en fecha 7 de noviembre de 2012, admitiéndose en esa misma fecha, y ordenó de conformidad con lo dispuesto en el artículo 78 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la notificación al Director de la DIRESAT MONAGAS Y DELTA AMACURO DEL INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES, A LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por la naturaleza de la Acción consideró necesaria la notificación del tercero interesado, Ciudadano MAURO JOSÉ ALCALÁ ROJAS, a través de la publicación del Cartel de Emplazamiento de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 80 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Cumplida la remisión del expediente administrativo por parte del Ente Accionado, y verificadas las notificaciones ordenadas, siendo las últimas al recibir el exhorto de Notificación de los Tribunales de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 24 de abril de 2013, conforme consta al folio 530, este Juzgado Superior dictó en fecha 25 de abril de 2013, un Auto, mediante el cual, a fines de ordenar el proceso informaba a las partes que libraría el respectivo Cartel de Emplazamiento del Tercero interesado, emitiéndose dicho Cartel en la misma fecha antes indica, conforme se observa del los folios 533 y 534 respectivamente de la Segunda Pieza.

El Artículo 81 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa dispone:

Artículo 81. El demandante deberá retirar el cartel de emplazamiento dentro de los tres días de despacho siguientes a su emisión, lo publicará y consignará la publicación, dentro de los ocho días de despacho siguientes a su retiro.
El incumplimiento de las cargas antes previstas, dará lugar a que el tribunal declare el desistimiento del recurso y ordene el archivo del expediente, salvo dentro del lapso indicado algún interesado se diera por notificado y consignara su publicación. (Resaltado y subrayado de este Juzgado)

Ahora bien, habiendo transcurrido desde el día veinticinco (25) de abril de 2013 exclusive, los días de despacho viernes 26, lunes 29 y martes 30 de abril del año en curso sin que el Accionante procediera a cumplir con la carga procesal que le es propia, como es el retiro del Cartel de Emplazamiento dentro del lapso señalado; implica en el caso de autos la necesaria declaratoria del desistimiento del recurso conforme a lo dispuesto en el Artículo 81 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, siendo de carácter imperioso para este Juzgador decretarlo. Así se decide.

DECISIÓN

En consecuencia, éste Juzgado Segundo Superior del nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDO EL RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD interpuesto por la empresa CONSTRUCCIONES VIGA, C. A., en contra de la Providencia Administrativa dictado por la DIRECCION ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES MONAGAS Y DELTA AMACURO (DIRESAT) DEL INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES. (INPSASEL), Certificación Nro. 0259-2012 de fecha 23 de mayo de 2012.

Se advierte a las partes que el lapso para ejercer el recurso pertinente, comenzará a transcurrir a partir del primer día hábil siguiente de la publicación de la presente decisión.

Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, a los dos (2) días del mes de mayo del año dos mil trece (2013). Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.

Publíquese, regístrese y déjese copia.

DIOS y FEDERACIÓN
EL JUEZ


Abog. ROBERTO GIANGIULIO A.


LA SECRETARIA


Abog. YSABEL BETHERMITH








En esta misma fecha, siendo las 10:15 a.m. se dictó y publicó la anterior decisión. Conste. La Sctria. Abog. YSABEL BETHERMITH