REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE JUICIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal CUARTO de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, MARTES 12 de Noviembre de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2013-009197
ASUNTO : NP01-P-2013-009197


Corresponde a este Tribunal pronunciarse en la presente causa, en la cual el Defensora Privado del acusado FRANCISCO XAVIER MANTINEZ CALZADILLA requiere la REVISION DE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD que pesa sobre éste, observándose lo siguiente:

La presente causa seguida en contra del nombrado acusado, es por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR y DETENTACION DE ARMA DE FUEGO, y fue remitida a este Tribunal, luego de ADMITIR LA ACUSACION presentada en su contra, y ello sucedió en fecha 06 de Noviembre de 2013.-

El Defensor, se fundamenta en principios generales que efectivamente se mantienen a favor del acusado, quien se encuentra privado de manera LEGITIMA a través de una MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD.

Ahora bien, en cuanto a lo sucedido en la AUDIENCIA PRELIMINAR este Tribunal no podrá emitir opinión evidentemente, pues lo jurídicamente cierto es que el Tribunal de control ordenó se MANTUVIERA LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD, y ordenó el pase a juicio.-

De la revisión, este Tribunal no encuentra ningún motivo jurídico capaz de cambiar la situación jurídica del acusado por lo que, esta Juzgadora luego de REVISAR la MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD que pesa sobre FRANCISCO XAVIER MARTINEZ CALZADILLA, considera que lo procedente y ajustado a Derecho es MANTENER LA MISMA, en los términos actuales.-

Se declara SIN LUGAR la solicitud interpuesta por el Defensor.-

Regístrese, déjese copia y notifíquese.-


La Jueza,


ABG. YLCIA PÉREZ JOSEPH.-

La Secretaria,


Abg.