JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, QUINCE (15) DE NOVIEMBRE DEL 2.013.


203º y 154º

Vista la anterior diligencia suscrita por el abogado en ejercicio ELIX VALERA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 154.861, quien actúa en su propio nombre y representación, donde solicita a este Tribunal sea corregida la dirección y linderos de un inmueble que por error material involuntario en el momento de redactar el libelo de demanda se coloco: una parcela de terreno con una superficie de trescientos cincuenta y siete metros (357.58 Mtrs2), ubicado en la urbanización las Carolinas, Calle Principal Morichal, entre Avenida Libertador y Calle Morichal, Maturín Estado Monagas; siendo lo correcto la Parcela de terreno y la vivienda sobre de ella construida distinguida con el N° C 16, ubicada en la Manzana C del Conjunto Residencial Las Carolinas, identificado como Microlote 4, Jurisdicción del Municipio Maturín del Estado Monagas. La Parcela tiene una superficie de CIENTO VEINTE METROS CUADRADOS (120 m2). Hora bien, una vez realizado este Juzgador un recorrido procesal por las actas que conforman la presente causa puede observar: En la narrativa realizada por la parte interesada en el libelo de demanda y lo explanado por la abogada en ejercicio ELIX VALERA, supra identificada, existe una discrepancia en la descripción del inmueble tanto en la dirección y linderos suministrados. Es por lo que este impartidor de Justicia en observancia a lo antes mencionado y visto que lo aportado por la parte demandada no llena los extremos de ley. Niega lo solicitado. Así se decide.-


DR. ARTURO JOSE LUCES TINEO
EL JUEZ
LA SECRETARIA

EXP: 33.011
Eleczo…