JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURÍN, VEINTE (20) DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE-

203º y 154º


Visto el anterior escrito consignado por el ciudadano AQUILINO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 11.657.235, abogado en ejercicio, inscrito en el inpreabogado bajo el No. 107.603, con el carácter acreditado en autos; Este Tribunal luego de una revisión exhaustiva de las actas que conforman la presente causa, observa que el objeto de la medida versa sobre el fondo de lo debatido, el cual se debe ventilar el día que se lleve a cabo la audiencia oral pública, siendo así; mal podría este Tribunal acordar lo solicitado por la parte querellante, por tal motivo Se Niega lo solicitado. Y así se decide.-



DR. ARTURO JOSE LUCES TINEO
EL JUEZ

LA SECRETARIA ACC
ABG. YARILUZ BOGARIN



Exp: 33.147
Yosellys