ACTA
N° DE EXPEDIENTE PRINCIPAL: NP11-L-2013-000930

PARTE ACTORA: Ciudadano DULERNYS LUGO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad n° 14.940.342.

APODERADO JUDICIAL: Abogado ROSA BETANCOURT, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.789.

PARTES DEMANDADOS: COORPORACIÓN FUNERARIA VIRGEN DE LOURDES, C.A.

APODERADO JUDICIAL: Abogado MARIA CHOPITE, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 22.964 -.

MOTIVO: COBRO Y DISFRUTE DE BONO VACACIONAL DERIVADA DE LA RELACION DE TRABAJO.

En el día de hoy 26 de noviembre de 2013, siendo fijada para que tenga lugar la prolongación de la audiencia Preliminar, comparecieron la ciudadana DULERNYS LUGO, asistida de la abogado AURA MONROE, apoderado judicial del accionante también compareció la abogada MARIA CHOPITE, apoderada judicial de la empresa demandada. La parte accionante solicita que le cancelen la cantidad de Bs. 63.579,57, por concepto de cobro y disfrute de bono vacacional derivada de la relación de trabajo. Las partes después de haber realizado los cálculos aritméticos en la presente y luego de fuertes deliberaciones, la parte demandada expone: A los fines de concluir con el presente juicio, ofrezco la cantidad de Bs. 32.479,92, pagadero para el día hoy. En este estado el demandante manifiesta la aceptación de la propuesta realizada por la parte demandada y recibe el título valor antes identificado. Ambas partes declaran que con este pago se abarca todos y cada uno de los conceptos demandados incluyendo las vacaciones y bono vacacional 2013 y los que pudiere haber generado, no quedando ningún otro concepto de cobro y disfrute de bono vacacional derivada de la relación de trabajo. Las cantidades de dinero objeto de esta transacción, deben ser consignadas por ante la Oficina de Control de Consignaciones de esta Coordinación Laboral. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluida la Audiencia Preliminar y por cuanto el presente acuerdo no vulnera derechos irrenunciables de la trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL.
LA JUEZA

ABOG. MARILEUDIS GALLARDO T.

LAS PARTES COMPARECIENTES.
EL SECRETARIO