REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en función de Juicio de la Circunscripción Judicial del estado Monagas
Maturín, 22 de Noviembre de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2012-002237
ASUNTO : NP01-S-2012-002237


Corresponde a este Tribunal emitir pronunciamiento en cuanto a la solicitud de fecha 22 de Noviembre de 2013, interpuesta por la Defensora Publica Cuarta Especializada Abga. Tamara Pérez, del Acusado ADANZON CHAYAN MARTÍNEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 25.721.403, mediante lo cual solicita: “…sea acordado de manera urgente, con la seguridad que el caso amerita, el traslado de mi representado al Hospital “Dr. Manuel Núñez Tovar”, a los fines de que sea evaluado por un médico especialista en virtud de presentar Fuertes Dolores Articulares en su rodilla Derecha por Tumoración Dolorosa reductible…”. Ahora bien, una vez valuado en su integridad el lo solicitado por la Defensa Pública Cuarta Especializada, en tal sentido es deber indeclinable del estado proteger la vida de las personas que se encuentran privadas de libertad, conforme a lo dispuesto en el artículo 43 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el articulo 83 Ejusdem la salud es un derecho social fundamental y el Estado debe garantizarla como parte del derecho a la vida. Por todas las razones de derecho antes expuesta este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER en aras de garantizar el Derecho Constitucional a la Salud previsto en el articulo 83 de nuestra Carta Magna ACUERDA el traslado URGENTE del acusado ciudadano ADANZON CHAYAN MARTÍNEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 25.721.403, con la seguridad del caso hasta el Hospital Universitario “Dr. Manuel Núñez Tovar”, a los fines de que se le practique Evaluación Medica Integral; asimismo oficiar al Médico o Médica de Guardia del Hospital Universitario “Dr. Manuel Núñez Tovar”, y una vez practicado dicho examen Medico remita las resultas a la brevedad posible a este Tribunal. Hágase lo Conducente. Cúmplase.
La Jueza Primera de Juicio,

Abga. Dulce Lobatón B.


La Secretaria del Tribunal,


Abga. Isabel Palomo.