REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE JUICIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal CUARTO de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, JUEVES 10 de Octubre de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2012-007692
ASUNTO : NP01-P-2012-007692



Corresponde a este Tribunal pronunciarse en la presente causa, en la cual el Defensor Publico DECIMOCTAVO PENAL requiere la REVISION DE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD que pesa en contra de los acusados JEDRY MARIN y MANUEL JESUS ROSALES MORENO, observándose lo siguiente:

La presente causa seguida en contra de los nombrados acusados, es por los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, por unos hechos presuntamente sucedidos el 30 de Enero de 2013.-

El Defensor, se fundamenta en principios generales que efectivamente se mantienen a favor del acusado, quien se encuentra privado de manera LEGITIMA a través de una MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD. Con respecto a la situación de nuestras prisiones alegada por el defensor, cabe destacar que esta Juzgadora conoce la situación de nuestras cárceles, mas sin embargo, en la presente causa, en menos de 1 año, ya los acusados cuentan con una fecha para el posible JUICIO ORAL Y PUBLICO, y que tal situación de nuestras cárceles no puede ser un impedimento para la aplicación de nuestras normas procesales.-

Por tales motivos, tanto de hecho como de Derecho, esta Juzgadora luego de REVISAR la MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD que pesa sobre los acusados JEDRI MARIN y MANUEL ROSALES, considera que lo procedente y ajustado a Derecho es MANTENER LA MISMA, en los términos actuales.-

Se declara SIN LUGAR la solicitud interpuesta por el Defensor.-

Regístrese, déjese copia y notifíquese.-




La Jueza,


ABG. YLCIA PÉREZ JOSEPH.-

La Secretaria.


Abg