REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 17 de Octubre de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : NL01-P-2000-000044
ASUNTO : NL01-P-2000-000044

Corresponde a este Tribunal decidir en relación a la solicitud planteada por la Vindicta publica, en cuanto a que esta instancia declare el cumplimiento de la condena y la extinción de la responsabilidad penal del ciudadano: YHONNY JOSE BRITO, titular de la Cedula de Identidad V-17.723.195, de conformidad con lo establecido en el articulo 105 del Código Penal Vigente, a tal efecto esta instancia pasa a decidir en los siguientes términos:
ÚNICO.
De la revisión dispensada de las actuaciones observa quien aquí decide que en fecha 14 DE JUNIO DEL 2006, mediante resolución judicial fundada se le acordó al ciudadano: YHONNY JOSE BRITO, titular de la Cedula de Identidad V-17.723.195, se le otorgo la Conmutación del resto de la pena en Confinamiento por el lapso de DOS (2) AÑOS Y OCHO (8) MESES DE PRESIDIO, a partir de la imposición de la citada resolución, evidenciándose que la imposición se produjo en fecha 14-06-2006, circunstancia que evidentemente dejar ver con claridad que al presente momento procesal, se ha cumplido el lapso establecido por la instancia para el cumplimiento de las condiciones impuestas en ocasión al beneficio otorgado, por cuanto al día de hoy ha transcurrido desde la imposición SIETE (7) AÑOS, CUATRO (4) MESES Y DOS (2) DIAS, lo que indefectiblemente permite a quien aquí decide DECLARAR CON LUGAR, la petición de la Vindicta publica. Por cuanto al presente momento procesal, ha vencido el lapso del Confinamiento otorgado. Y así se decide.

DISPOSITIVA

Por todo cuanto antecede es por lo que esta instancia Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley DECLARAR CON LUGAR la petición de la Vindicta publica, en cuanto a que esta instancia declare el cumplimiento de la condena y la extinción de la responsabilidad penal del ciudadano: YHONNY JOSE BRITO, titular de la Cedula de Identidad V-17.723.195, de conformidad con lo establecido en el articulo 105 del Código Penal Vigente, por cuanto al presente momento procesal, ha vencido el lapso que se estableció para el cumplimiento del beneficio otorgado. Líbrese lo conducente. Cúmplase.-

La Juez


ABG. MARIA YNES RODRIGUEZ SALMON

El Secretario