REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Tribunal de Ejecución Sección Adolescente
Maturín, 10 de Octubre de 2013
203º y 154º


ASUNTO PRINCIPAL : NP01-D-2010-000161
ASUNTO : NP01-D-2010-000161
JUEZ DE EJECUCION: ABG. LILIAM LARA ANDARCIA
SECRETARIA: ABG. MIRLANDIS FRANCO
SANCIONADO: IDENTIDAD OMITIDA
DELITO: ROBO AGRAVADO
RESOLUCION: SE ORDENA EL REINICIO EN EL CUMPLIMIENTO


Corresponde a este Tribunal vista audiencia especial realizada el día de hoy, al joven adulto IDENTIDAD OMITIDA, fundamentar la decisión, haciéndolo en los siguientes términos: En fecha echa 26 de Marzo de 2013, este Tribunal Revisó y Mantuvo la medida de LIBERTAD ASISTIDA quien ha cumplido UN (01) AÑO, SEIS (06) MESES Y QUINCE (15) DIAS, faltándole por cumplir CINCO (05) MESES Y QUINCE (15) DIAS. Asimismo Deberá cumplir de manera SIMULTANEA a la Libertad Asistida, las medidas de UN (01) AÑO DE REGLAS DE CONDUCTA Y SEIS (06) MESES DE SERVICIOS A LA COMUNIDAD.

En Fecha 11 de Septiembre de 2013 fue Declarado en Rebeldía de conformidad con el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, por cuanto el joven realizó sus presentaciones hasta el día 12/03/2013.


En Acta levantada en el día de hoy, el joven sancionado manifestó: “ yo no vine mas porque estaba trabajando, yo me comprometo con la juez a presentarme y en caso de no hacerlo acoger lo que el tribunal decida, solo pido una oportunidad, es todo”.

Vista las razones alegadas por el sancionado, este Tribunal considera procedente ORDENAR EL REINICIO EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS MEDIDAS IMPUESTAS EN SU OPORTUNIDAD. Asimismo se le informa que deberá asistir al departamento de servicio social para que realice sus respectivas presentaciones, debiendo comparecer a la brevedad posible por ante este Tribunal a los fines de que informe donde va a dar cumplimiento al Servicio a la Comunidad.

Igualmente, se deja constancia de que si el sancionado incumple con dos presentaciones, las medidas serán revocadas y sustituidas por una medida privativa de libertad que deberá cumplir en el Internado Judicial del estado Monagas.

DISPOSITIVA

Este Tribunal Primero de Ejecución Sección Adolescente, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: Se ORDENA al joven adulto IDENTIDAD OMITIDA EL REINICIO EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS MEDIDAS de LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de CINCO (05) MESES Y QUINCE (15) DIAS, de manera SIMULTANEA las medidas de UN (01) AÑO DE REGLAS DE CONDUCTA Y SEIS (06) MESES DE SERVICIOS A LA COMUNIDAD, de conformidad con lo establecido en el Artículo 626 y 625 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. Se deja sin efecto las órdenes de captura, y se Ordenó su Libertad desde esta sede judicial. Notifíquese a las partes. Remítase Copia del Presente auto al Servicio Social.
LA JUEZA DE EJECUCIÓN,


ABG. LILIAM LARA ANDARCIA.


LA SECRETARIA,


ABG. MIRLANDIS FRANCO.