REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SOTILLO, LIBERTADOR y URACOA
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO MONAGAS


Barrancas del Orinoco 22 Octubre 2.013
203° y 154°

Con la finalidad de dar cumplimiento a lo ordenado en el artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, queda establecido que en el presente procedimiento de Obligación de Manutención, intervienen las siguientes personas como partes y sus respectivos Apoderados.- DEMANDANTE: CLARA BAUDILIA GÓMEZ RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.659.880, con domicilio en la calle El Balancín, casa S/n, sector caserío El Fangal, en el Municipio Libertador, Estado Monagas; actuando en nombre propio y representación de sus menores hijos.-
DEMANDADO: TOBIA ANTONIO GENLIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.079.696, con domicilio en la calle El Balancín, casa S/n, sector caserío El Fangal en el Municipio Libertador .-
MOTIVO: OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN
EXPEDIENTE N° 00915
Se inició el presente juicio mediante escrito y Acta de fecha 03 Octubre 2.012 que corre inserto en el folio Uno del expediente signado con el N° 00915, en cual la parte actora consigna copias de partidas de nacimientos de sus hijos ( identidades omitidas de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes).-
En fecha 10 Octubre 2.012, corre inserto en el folio cuatro (04) auto emitido por el Juzgado de la causa donde se ADMITE, el litigio en la cual la ciudadana CLARA BAUDILIA GÓMEZ RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.659.880, con domicilio en la calle El Balancín, casa S/n, sector caserío El Fangal, en el Municipio Libertador, Estado Monagas; actúa en nombre propio y representación de sus menores hijos y a su vez se emplaza al demandado en autos para un acto conciliatorio.-
En fecha 10 Octubre 2.012 se emite Boleta de Citación dirigida al demandado en autos TOBIA ANTONIO GENLIZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.079.696 y en la misma fecha se emite Boleta de Notificación dirigida a la ciudadana Fiscal del Ministerio Público del Estado Monagas.-
En fecha 10 Octubre 2.012 corren insertos en los folios siete (07) y ocho Oficios N° 2.930 – 273 y 2.930 – 274 dirigidos a la empresa P.D.V.S.A. solicitando información laboral con respecto al demandado.-
En fecha 15 Noviembre 2.012 corre en el folio ocho (08) comunicación del Alguacil de éste Juzgado en la cual manifiesta que consigna Boleta de Notificación, debidamente firmada por la Fiscal 8° del ministerio Público del Estado Monagas.-
En fecha 23 Noviembre 2.012 corre inserto en el folio Diez (10) solicitud por parte de la demandante, donde le solicita a éste Juzgado que se oficie a la empresa P.D.V.S.A, todo lo referente a cuenta de ahorros a su nombre.-
En fecha 23 Noviembre 2.012 corre inserto folio Trece (13) Oficio N° 2.930 - 337 dirigido a la empresa P.D.V.S.A. a los fines de depositar lo deducible al demandado en autos.-
En fecha 25 Junio 2.013 corre inserto en el folio catorce (14) la ratificación por parte de la ciudadana CLARA BAUDILIA GÓMEZ RODRIGUEZ, a fines de que se relacione lo deducible al demandado en autos ante la empresa P.D.V.S.A.-
En fecha 25 Junio 2.013 corre inserto en el folio (16) se emite Oficio N° 2.930 – 214 dirigido a la empresa P.D.V.S.A, ratificando lo deducible al demandado.-
En fecha 14 Octubre 2.013, corre en el folio (17) comunicación del Alguacil de éste Juzgado en la cual manifiesta que consigna Boleta de Citación, debidamente firmada por el ciudadano TOBIA ANTONIO GENLIZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.079.696 .-
En fecha 18 Octubre 2.013, corren insertos en los folios (19 - 20) convenimiento establecido entre las partes CLARA BAUDILIA GÓMEZ RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.659.880 y TOBIA ANTONIO GENLIZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.079.696; debidamente asistidos por profesionales del Derecho.-
M O T I V A:
Por cuanto en el presente expediente las partes que intervienen en éste litigio han celebrado un CONVENIMIENTO en beneficio de sus menores hijos ( identidades omitidas de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes); mediante un escrito, que fue recibido en éste Juzgado en fecha 18 Octubre 2.013; de modo que el mismo acuerda impartir la HOMOLOGACIÓN del mismo dándole toda la fuerza de Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil .-
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos y consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado de los Municipios Sotillo, Libertador y Uracoa de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas.- “Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ” acuerda: La HOMOLOGACION del mismo dándole toda la fuerza de ley de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en la demanda incoada por la ciudadana CLARA BAUDILIA GÓMEZ RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.659.880, con domicilio en la calle El Balancín, casa S/n, caserío El Fangal, en el Municipio Libertador, Estado Monagas en contra del ciudadano TOBIA ANTONIO GENLIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.079.696, con domicilio en la calle El Balancín, casa S/n, sector caserío El Fangal en el Municipio Libertador .- En Barrancas del Orinoco, a los Veintidós (22) días del mes de Octubre de Dos Mil Trece (2.013).- AÑOS: 203° de la Independencia y 154° de la Federación.-
PUBLIQUESE, REGISTRESE, NOTIFIQUESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA EN EL COPIADOR DE SENTENCIA.-
El Juez.-
Abg. Francisco Antonio Natera Castillo

La Secretaria,
Abg., Yaneth Josefina Natera Sánchez
En esta misma fecha, siendo las 11:00 horas de la mañana, se registró y publicó la anterior sentencia.-Conste.-

La Secretaria,
Abg., Yaneth Josefina Natera Sánchez



FANC/ Pachico
Expte. N° 00915