REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SOTILLO, LIBERTADOR y URACOA
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO MONAGAS

Barrancas del Orinoco 29 Octubre 2.013

203° y 154°

Con la finalidad de dar cumplimiento a lo ordenado en el artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, queda establecido que en el presente procedimiento de Incumplimiento de Contrato, intervienen las siguientes personas como partes.-
DEMANDANTE: BELKYS MARGARITA VARGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.389.032 con domicilio en la población de San Félix, Municipio Caroní, Estado Bolívar .-------------------------------
DEMANDADO: LUÍS ALBERTO RODRIGUEZ RINCONES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.859.551, con domicilio en la calle Paseo Vargas, casa 65, sector La Puente de Barrancas del Orinoco, en el Municipio Sotillo, Estado Monagas.---------------------------------------------
ABOGADA ASISTENTE: DIAMELYS SALAZAR, titular de la cédula de identidad N° V- 8.961.202, abogada en ejercicio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 119.244.------------------------------
MOTIVO: INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO.-
EXPEDIENTE N° 001000
Se inició el presente juicio mediante escrito presentado en fecha 03 Junio 2.013 que corre inserto en los folios Uno y Dos (01 - 02) del expediente; acompañado de copia simple del Contrato de Arrendamiento folios cuatro al seis (04 al 06) .-
En fecha 17 Junio 2.013, corre inserto en el folio Diez (10) auto emitido por el Juzgado de la causa donde se ADMITE, el litigio en la cual la ciudadana BELKYS MARGARITA VARGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.389.032, con domicilio en la población de San Félix, Municipio Caroní, Estado Bolívar; demanda el Incumplimiento de Contrato por parte del ciudadano LUÍS ALBERTO RODRIGUEZ RINCONES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.859.551, con domicilio en la calle Paseo Vargas, casa 65, sector La Puente de Barrancas del Orinoco, en el Municipio Sotillo, Estado Monagas .---------------------------------
En fecha 17 Junio 2.013 se emite Boleta de Citación folio Once (11) dirigida al demandado en autos LUÍS ALBERTO RODRIGUEZ RINCONES, titular de la cédula de identidad Nº V - 9.859.551.---------------------------------------------
En fecha Cuatro Julio 2.013, corre en el folio Doce (12) comunicación del Alguacil de éste Juzgado en la cual manifiesta que consigna Boleta de Citación, debidamente firmada por el demandado en autos.--------------------------------
En fecha Ocho (08) Agosto 2.013 corre inserto copia simple de Acta de Convenimiento establecido entre las partes; identificada como la ciudadana BELKYS MARGARITA VARGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.389.032, con domicilio en la población de San Félix, Municipio Caroní, Estado Bolívar; en conjunto con el ciudadano LUÍS ALBERTO RODRIGUEZ RINCONES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.859.551, con domicilio en la calle Paseo Vargas, casa 65, sector La Puente de Barrancas del Orinoco, en el Municipio Sotillo, Estado Monagas.----------------------------------------------------------------------
M O T I V A:
Por cuanto en el presente expediente las partes que intervienen en éste litigio han celebrado un CONVENIMIENTO en beneficio propio mediante un escrito, de fecha 30 Agosto 2.013 y que fue recibido en éste Juzgado posteriormente; de modo que el mismo acuerda impartir la HOMOLOGACIÓN del mismo dándole toda la fuerza de Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.-------------------------------------------------------
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos y consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado de los Municipios Sotillo, Libertador y Uracoa de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas.- “Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ” acuerda: La HOMOLOGACION del mismo dándole toda la fuerza de ley de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en la demanda incoada por la ciudadana BELKYS MARGARITA VARGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.389.032, con domicilio en la población de San Félix, Municipio Caroní, Estado Bolívar; en conjunto con el ciudadano LUÍS ALBERTO RODRIGUEZ RINCONES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.859.551, con domicilio en la calle Paseo Vargas, casa 65, sector La Puente de Barrancas del Orinoco, en el Municipio Sotillo, Estado Monagas.------------------------------
En Barrancas del Orinoco, a los Veintinueve (29) días mes Octubre de Dos Mil Trece (2.013).-
AÑOS: 203° de la Independencia y 154° de la Federación.-

PUBLIQUESE, REGISTRESE, NOTIFIQUESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA EN EL COPIADOR DE SENTENCIA.-
El Juez.-
Abg. Francisco Antonio Natera Castillo

La Secretaria,
Abg., Yaneth Josefina Natera Sánchez
En esta misma fecha, siendo las 11:00 horas de la mañana, se registró y publicó la anterior Sentencia.- Conste.-
La Secretaria,
Abg., Yaneth Josefina Natera Sánchez


Expte. N° 001000
FANC/ Pachico