Comisión: 06127
ALI JOSE MILLAN VILLARROEL/ CRISELIO RAFAEL ADRIAN SALAZAR.
En horas de Despacho del día de hoy 23 de Octubre de 2.013, siendo las 1:45 p.m., se trasladó el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Punceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, constituido por : el Juez Abg. Cesar Natera Arrioja, la Secretaria Abg. Angelica Campos y acompañados por el ciudadano: ALI JOSE MILLAN VILLARROEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 20.647.611, y su apoderada judicial SOL MARIA CABELLO RONDON, abogado en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 204.571, a los fines de practicar la MEDIDA INNOMINADA DE OCUPACION en el sentido que el ciudadano ALI JOSE MILLAN VILLARROEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 20.647.611, y de este domicilio, ocupe de manera inmediata el inmueble señalado en el libelo de la demanda, el cual se describe de la siguiente manera: Inmueble ubicado en el Parque Residencial La Macarena, situada en la Calle Bolívar cruce con calle el cementerio de la Parroquia La Cruz, casa N° 8, de esta Ciudad de Maturín, Estado Monagas. La parcela de Terreno mide DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CINCO CENTIMETROS (243,75 Mts), distribuido en (1) una planta, conformada por las siguientes dependencias. Tres (3) habitaciones, dos (2) baños, sala-comedor, cocina empotrada. Sus Linderos particulares son: NORTE: En 12,5 mts con carrera 3 del conjunto que es su frente; SUR: En 12,5 con parcela N° 1-3, que es su fondo; ESTE: En 19,5 mts con parcela N° 1-5 y OESTE: En 19,5 mts con parcela N° 19, todo ello con motivo del juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO OPCION COMPRA VENTA, propuesto por el ciudadano ALI JOSE MILLAN VILLARROEL contra CRISELIO RAFAEL ADRIAN SALAZAR, decretado por el Tribunal Comitente: JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS y siendo las 2:00 p.m, se constituyo el Tribunal en el inmueble objeto de la presente medida. Constituidos en el lugar se procedió a realizar el llamado de voz respectiva, no respondiendo persona alguna, es por ello que se designa como cerrajero al ciudadano Luís luduvino, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.926.661, quien acepto el cargo y juro cumplirlo fielmente y procedió aperturar la cerradura. Seguidamente el Tribunal hace constar que el inmueble se encuentra totalmente desocupado de personas y de bienes. Acto seguido interviene la parte ejecutante y expone: Solicito se de cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal comitente. Es todo. Acto seguido interviene el Tribunal y expone: En cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal Comitente se ordena en este acto al ciudadano ALI JOSE MILLAN VILLARROEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 20.647.611, ocupe de manera inmediata el inmueble ubicado en el Parque Residencial La Macarena, situada en la Calle Bolívar cruce con calle el cementerio de la Parroquia La Cruz, casa N° 8, de esta Ciudad de Maturín, Estado Monagas. La parcela de Terreno mide DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CINCO CENTIMETROS (243,75 Mts), distribuido en (1) una planta, conformada por las siguientes dependencias. Tres (3) habitaciones, dos (2) baños, sala-comedor, cocina empotrada. Sus Linderos particulares son: NORTE: En 12,5 mts con carrera 3 del conjunto que es su frente; SUR: En 12,5 con parcela N° 1-3, que es su fondo; ESTE: En 19,5 mts con parcela N° 1-5 y OESTE: En 19,5 mts con parcela N° 19, quien estando presente procede a ocuparlo. Es todo. Sin más diligencias que practicar se da por concluido el presente acto dejando constancia que la practica de la presente medida no genero arancel o tasa alguna por parte de Tribunal de conformidad con lo establecido en los artículos 26 y 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.- Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 2:30 p.m.-
EL JUEZ
ABG. CESAR NATERA ARRIOJA


LA PARTE DEMANDANTE Y SU APODERADO JUDICIAL
ALI JOSE MILLAN VILLARROEL Y SOL MARIA CABELLO RONDON

EL CERRAJERO


LA SECRETARIA
ABG. ANGELICA CAMPOS APONTE