REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO EN FUNCIONES DE JUICIO CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Circuito Judicial con Competencia en DVM. Edo. Zulia. Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio. Edo. Zulia.
Maracaibo, 24 de Octubre de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : VP02-S-2013-006488
ASUNTO : VP02-S-2013-006488

RESOLUCION N°: 097-13

AUTO MOTIVADO DE DECLINATORIA DE COMPETENCIA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 80 DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL:
Vistas las actuaciones contenidas en el asunto Nro. VP02-S-2013-006488, se verifico que guardaba relación con la causa VP02-P-2010-007449, Al respecto esta juzgadora observa:

ANTECEDENTES DEL CASO:
En fecha 24 de Octubre de 2013, fue celebrada audiencia de presentación de detenido en la cual EL TRIBUNAL DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN FUNCIONES DE CONTROL Nro. 1, el cual Declina la competencia a este TRIBUNAL ÚNICO DE JUICIO CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA MUJERES, en virtud de que en fecha 13 de Marzo de 2012, se libro orden de captura contra el ciudadano: JAVIER ENRIQUE LOPEZ, portador de la cedula de identidad Nº 7.529.084.-

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR
De acuerdo con lo antes expuesto, estima quien aquí decide que debe analizarse si es competente o no este Tribunal para conocer del asunto, por lo que al respecto observa, que de conformidad con el artículo 115 de la Ley Orgánica de los Derechos de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, corresponde a los tribunales de violencia contra la mujer y a la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, el ejercicio de la jurisdicción para la resolución de los asuntos sometidos a su decisión, conforme a lo establecido en la Ley, las leyes de organización judicial y la reglamentación interna, con competencia para conocer solamente las Formas de Violencia de Género en contra de las Mujeres definidas en el artículo 15 de la Ley; De igual manera la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en su artículo 118 señala la competencia de los Tribunales de Justicia de Género: Artículo 118: Los Tribunales de Violencia contra la Mujer conocerán en el orden penal de los delitos previstos en esta ley, así como del delito de lesiones en todas sus calificaciones tipificadas en el Código Penal en los supuestos establecidos en el articulo 45 de la presente Ley y conforme al procedimiento especial aquí establecido.

Es por ello, que al hacer la revisión del presente asunto se determina que; En fecha 17 de Mayo de 2012, fue aperturado el debate y en la misma fecha el acusado JAVIER ENRIQUE LOPEZ, portador de la cedula de identidad Nº 7.529.084, Admitió los Hechos, por el delito previsto y sancionado en el artículo 45 de la Ley Orgánica Sobre los Derechos a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, por cuanto dicha causa fue remitida a los Tribunales de Ejecución en fecha 12 de Junio de 2012, con oficio N° 19-76-12, es por lo que este TRIBUNAL ÚNICO DE JUICIO CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA MUJERES, Declina la Competencia al Tribunal de Ejecución que se considere Competente.- Así se decide.

FUNDAMENTACIÒN JURÌDICA
Artículo 80 del Código Orgánico Procesal Penal, En cualquier estado del proceso el tribunal que este conociendo de un asunto podrá declinarlo; mediante auto motivado; en otro tribunal que considere competente.-

DECISION
Por los razonamientos expuestos, éste Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nro. 1 del Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Zulia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, RESUELVE: 1) Declinar Competencia del presente asunto penal seguido al ciudadano JAVIER ENRIQUE LOPEZ, portador de la cedula de identidad Nº 7.529.084. 2) Remítase a la coordinación de Alguacilazgo a los fines de que sea distribuido el presente asunto al Tribunal de Ejecución que corresponda. 3) Se emane duplicado de la presente decisión a los fines de que sea agregada en el copiador de decisiones de este Tribunal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase lo ordenado.
JUEZA EN FUNCIONES DE JUICIO NRO 01

SOLANGE JOSEFINA MENDEZ
SECRETARIO

ABG. MILAGROS CHIRINOS FLORES