REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS CON COMPETENCIA EN EL ESTADO DELTA AMACURO.
Maturín, 03 de Septiembre (2.013)
203° y 154°

ASUNTO PRINCIPAL: NP11-G-2013-000166

En fecha 23 de septiembre de 2013, la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del este Juzgado, recibió expediente constante una (01) pieza principal de sesenta folios útiles (60) con motivo del Habeas Data, interpuesto por la ciudadana DEXY DEL CARMEN MAESTRE MORENO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.080.912, asistida por el abogado Mario Yojhan Basil, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 146.373, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO MATURÍN DEL ESTADO MONAGAS.

En fecha 25 de julio de 2013, el Juzgado Primero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, dictó sentencia mediante la cual declaró Inadmisible el Recurso de Habeas Data para acceder a datos e informaciones que deben constar en la Dirección de Catastro y en la Sindicatura del Municipio Maturín.

En fecha 31 de julio de 2013, el Juzgado Primero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del estado Monagas dictó auto mediante la cual oyó apelación en ambos efectos y ordenó remitir el expediente al Juzgado de alzada a los fines de que conozca sobre la apelación en cuestión, y se libró oficio N° 7989, dirigido al Juzgado Superior Civil, Mercantil, Transito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas.

En fecha 16 de septiembre de 2013, el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Transito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, dictó sentencia interlocutoria mediante la cual declaró su Incompetencia y ordenó la remisión del expediente a este Juzgado.-

En fecha 23 de septiembre de 2013, este Tribunal dictó auto mediante la cual le dio entrada a la presente demanda, y se reservó el lapso de tres días de despacho a los fines de pronunciarse sobre la competencia.-

I
DE LA COMPETENCIA

Este Tribunal procede a analizar su competencia para seguir conociendo del presente recurso y al respecto observa que el artículo 169 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia prevé:

“Artículo 169. El habeas data se presentará por escrito ante el tribunal de Municipio con competencia en lo Contencioso Administrativo y con competencia territorial en el domicilio del o la solicitante, conjuntamente con los instrumentos fundamentales en los que sustente su pretensión, a menos que acredite la imposibilidad de su presentación”.

Por su parte el artículo 173 eiusdem, establece:

“Artículo 173. Contra la decisión que se dicte en primera instancia, se oirá apelación en un solo efecto ante la alzada correspondiente, dentro de los tres días siguientes a su publicación o notificación”. (Destacado de esta Alzada).

Ahora bien, en cuanto a la alzada correspondiente debe hacerse mención a la Sentencia N° 518 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 12 de abril de 2011, caso: FÉLIX JOSÉ GONZÁLEZ JOVES, en el cual se instituyó:

“Así las cosas, conforme al dispositivo legal que precede resulta necesario determinar el Tribunal de Municipio con competencia en lo Contencioso Administrativo del domicilio del accionante, competente para conocer de la acción de autos; sin embargo, dado que para la fecha en que se dicta el presente fallo no han sido creados dichos tribunales, resulta menester atender lo previsto en la Disposición Transitoria Sexta de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.447 del 16 de junio de 2010, reimpresa por error material y publicada en la Gaceta Oficial N° 39.451 del 22 de junio de 2010), que señala que ‘[h]asta tanto entren en funcionamiento los Juzgados de Municipios de la jurisdicción contencioso administrativa, conocerán de las competencias atribuidas por esta Ley a dichos tribunales, los Juzgados de Municipio (…)’.

De modo que, en atención a los señalamientos que preceden, el Tribunal competente para conocer de la presente acción de hábeas data es el Juzgado de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que corresponda previa distribución de la causa, dado que de las actas del expediente se desprende que el accionante está domiciliado en dicha Circunscripción Judicial. Así se decide. (Negritas del fallo citado)

Finalmente, esta Sala advierte que, de conformidad con el artículo 173 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, el Tribunal competente para conocer en alzada del recurso de apelación que se ejerza en un procedimiento de hábeas data son los Juzgados Superiores Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial correspondiente al Tribunal que conoció en primera instancia del mismo”. (Destacado de esta Alzada).

Ahora bien, con respecto al presente caso se observa que la presente causa comporta el conocimiento del recurso de apelación ejercido contra la decisión que declaró Inadmisible la demanda de habeas data incoada por la ciudadana Dexy Del Carmen Maestre Moreno, contra la Alcaldía del Municipio Maturín del Estado Monagas, dictada por el Juzgado Primero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, en consecuencia, este Órgano Jurisdiccional declara su Competencia para conocer de la demanda interpuesta. Así se declara.

II
DECISIÓN

Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas con Competencia en el estado Delta Amacuro, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:

PRIMERO: Su Competencia para conocer del recurso de apelación de habeas data incoada por la ciudadana DEXY DEL CARMEN MAESTRE MORENO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.080.912, asistida por el abogado Mario Yojhan Basil, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 146.373, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO MATURÍN DEL ESTADO MONAGAS.

SEGUNDO: Este Tribunal fija el lapso de cinco (05) días de despacho siguientes al de hoy para que las partes presentes sus escritos de conformidad con lo establecido en el artículo 174 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Así mismo se ordena notificar a la parte recurrente de la presente decisión.

REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE, DIARICESE Y DÉJESE COPIA.-

Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas con Competencia en el estado Delta Amacuro. En Maturín, Tres (03) días del mes de septiembre del año Dos Mil Trece (2.013). Año 203º de la Independencia y 154º de la Federación.-
La Jueza,


MARVELYS SEVILLA SILVA.
El Secretario,


JOSÉ ANDRÉS FUENTES.

En la misma fecha, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m), se publicó y agregó la presente resolución a las actuaciones del expediente. De igual manera, se hizo su inserción en el Sistema Juris 2000 por parte de la ciudadana Jueza, así como su correspondiente publicación en el portal informático http://monagas.tsj.gov.ve/. Dejándose la copia ordenada para el copiador correspondiente. Conste.
El Secretario,


JOSÉ ANDRÉS FUENTES.


MSS/JAF/e.d.*.-
Asunto: NP11-G-2013-000146