REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE JUICIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal CUARTO de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, VIERNES 06 de Septiembre de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2010-006178
ASUNTO : NP01-P-2010-006178


Vista la solicitud interpuesta por el ciudadano EDGAR ENRIQUE GONZALEZ AGUILERA, mediante la cual requiere la entrega del vehículo automotor MARCA TOYOTA, MODELO COROLA, TIPO SEDAN, USO PARTICULAR y COLOR GRIS, quien aquí decide observa:

Tal como se observa en las actas, el día 30 de Agosto, se realizó una AUDIENCIA, en la cual el acusado luego de ADMITIR LOS HECHOS por el delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR, fue objeto de una SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO.-

Posteriormente, dicho acusado requiere la entrega del vehículo, y aunque de plano pareciera ser ilógica su solicitud, cabe destacar que cursa EXPERTICIA REALIZADA EN EL SERIAL DE CARROCERIA y MOTOR del precitado vehículo, y los expertos, ciertamente llegaron a la conclusión que los SERIALES se encontraban TODOS en ORIGINAL; mas sin embargo, también dejaron constancia los expertos que el vehículo en estudio fue verificado por el sistema Computarizado de ese Cuerpo Policial y se encuentra solicitado por la División Nacional de Investigaciones de Vehículos, Caracas, según expediente I-463.448 de fecha 28 de Enero de 2010.-

Por esa razón es evidente, que el vehículo NO puede ser entregado al solicitante, por el contrario, debe ser puesto a la disposición del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (Caracas) para que sigan el trámite legal correspondiente.-

En base a lo anterior, este Tribunal CUARTO DE JUICIO DEL ESTADO MONAGAS, NIEGA la entrega del vehículo automotor solicitado por el ciudadano EDGAR ENRIQUE GONZALEZ AGUILERA. Y ASI SE DECLARA.-

Líbrese el mencionado oficio.-

Regístrese la presente decisión, déjese copia y notifíquese.-


La Jueza,


ABG. YLCIA PÉREZ JOSEPH

La Secretaria,


Abg.