REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO MATURIN



República Bolivariana De Venezuela
Juzgado Primero De Los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara Y Ezequiel Zamora De La Circunscripción Judicial Del Estado Monagas.
Maturín, 20 de septiembre de 2013
203º Y 154º

SOLICITANTE: Ciudadana ARELIS JOSEFINA CASTRO Y BLADIMIR JOSÉ CEDEÑO ALCALA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N°:V 8.978.085 y 12.470.131 respectivamente.-

MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.

SOLICITUD: (399)

Revisadas las actuaciones que anteceden se observa que la solicitud que la contiene fue admitida mediante auto dictado el veintidós (22) de marzo de 2.013, presentada a los fines de que el Tribunal declarara Titulo suficiente de propiedad sobre unas bienhechurías descritas en ampliamente en la solicitud. En dicho auto se ordenó tomarles la declaración a los testigos que presente la parte interesada.

Ahora bien, visto el tiempo transcurrido desde que fue introducida la solicitud sin que el solicitante haya impulsado su procedimiento; es evidente que éste no tiene interés en que el Tribunal se pronuncie con respecto a lo solicitado. Por tales razones se declara TERMINADA la presente solicitud y se ordena su archivo. Así se decide. Cúmplase lo ordenado.

Publíquese, Regístrese y déjese copia de la presente decisión.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Maturín a los veinte (20) días del mes de septiembre del año dos mil trece (2013), 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
EL JUEZTITULAR:

Abg. LUIS RAMON FARIAS GARCIA
LA SECRETARIA:



ABG: GUILIANA ALEXA LUCES ROJAS.-






Solicitud N°: (399)
ABG: LRFG/lrfg