REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 29 de Abril de 2014
204º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2011-026824
ASUNTO : NP01-P-2011-026824


Recibida como fue el asunto penal NP01-P-2010-000115 procedente del Tribunal Primero de Juicio, seguido a los acusados NOEL ENRIQUE FAJARDO, EDIXON RAFAEL URDANETA y LUIS OMAR FARIAS CASTAÑEDA, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COMPLICIDAD NO NECESARIA y OCULTAMIENTO DE ARMA DE GUERRA y es el caso, de que ante este Tribunal al acusado NOEL ENRIQUE FAJARDO, se le sigue el asunto penal NP01-P-2011-026824 por la presunta comisión de los delitos de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTROPICAS EN CANTIDADES MENORES, previsto y sancionado en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas y en fecha 28 de Noviembre de 2011 se le decreto medida privativa de libertad al acusado NOEL ENRIQUE FAJARDO, cuyo Juicio Oral y Público esta previsto para el día MARTES 20 DE MAYO DE 2014, A LAS 11:30 HORAS DE LA MAÑANA.

Así las cosas, no existe dudas de que al acusado NOEL ENRIQUE FAJARDO, se le siguen dos asuntos penales, los cuales se encuentran en fase de juicio y en este Tribunal, como corolario este Tribunal a fin de garantizar la unidad del Proceso consagrado en el Artículo 76 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual establece:

“Por un solo delito o falta no se seguirán diferentes procesos, aunque los imputados sean diversos, ni tampoco se seguirán al mismo tiempo, contra un imputado, diversos procesos aunque haya cometido diferentes delitos o faltas, salvo los casos de excepción que establece este código. Si se imputan varios delitos, será competente el tribunal con competencia para juzgar el delito más grave.”. (Negrillas del Tribunal).

Por lo que efectivamente este Tribunal Segundo de Juicio, es competente para continuar conociendo de la causa, por lo que considera este Tribunal que debe dársele cumplimiento a la norma procesal y debe seguirse un solo proceso al ciudadano NOEL ENRIQUE FAJARDO, por lo se acuerda acumular las causas antes referidas y continuar el juzgamiento del mismo en un solo proceso, manteniendo la nomenclatura NP01-P-2011-026824. Y ASI SE DECIDE.

Se mantiene la fecha para el inicio del Juicio Oral y Público convocado para el día MARTES 20 DE MAYO DE 2014, A LAS 11:30 HORAS DE LA MAÑANA, notifíquese a las partes de la presente decisión. Y ASI SE DECIDE.

Notifíquese a las partes de la presente decisión de ACUMULACION DE ASUNTOS PENALES y efectúese en el Sistema Juris 2000 los tramites para la acumulación sistemática. Y ASI SE DECIDE.

DECISION

Por lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, “Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley” Acuerda PRIMERO: ACUMULAR la causa signada con el número NP01-P-2010-000115 a la NP01-P-2011-026824 las cuales continuaran como una sola nomenclatura, corresponderá y se identificará con las siglas alfanuméricas NP01-P-2011-026824 de conformidad con lo establecido en los Artículos 68 y 76 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se mantiene la fecha para el inicio del Juicio Oral y Público para el MARTES 20 DE MAYO DE 2014, A LAS 11:30 HORAS DE LA MAÑANA. TERCERO: Notifíquese a las partes de la presente decisión de ACUMULACION DE ASUNTOS PENALES.
La Jueza,

Abg. MARIUIVE PEREZ ABANERO

La Secretaria

ABG. MARIA VASQUEZ ADRIAN