REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en función de Control Audiencia y Medidas de la Circunscripción Judicial del estado Monagas
Maturín, 21 de Diciembre de 2014
204º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2005-002851
ASUNTO : NP01-P-2005-002851
Observa este Tribunal que, ciertamente, de las actas que conforman la presente causa se evidente prescrita ya que el primer acto procesal se realiza 31 de mayo 2015, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en el artículo 20 de la L sobre la violencia contra la mujer y la familia en perjuicio de la víctima: SE OMITE SU IDENTIDAD a la presente fecha han transcurrido nueve años (9) y evidentemente está preescrita, de manera que resulta inoficioso continuar con una investigación que no arrojará distintos resultados; siendo procedente y ajustado a derecho DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DEL PROCESO, seguido al ciudadano RIGOBERTO ANTONIO SEVILLA, titular de la cédula de identidad nº.- V 4.027470 a tenor de lo establecido en el numeral 3 del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal,. Y ASÍ SE DECLARA.
Regístrese, déjese copia, notifíquese la presente decisión y en su oportunidad legal remítase al Departamento de Archivos Judiciales con la finalidad de su cuido y conservación.
LA JUEZA
ABGA. IVIS RODRIGUEZ CASTILLO
SECRETARIA JUDICIAL
ABGA. LILIANA DIAZ FRANCO
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