REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control del Estado Monagas
Maturín, 7 de Enero de 2014
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2012-002798
ASUNTO : NP01-P-2012-002798

SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA.
De la revisión de la causa se pudo constatar que el imputado: DAVID FERNANDO GONCALVE DE SOUSA, titular de la cédula de identidad Nº 20.138.888 Venezolano, de 24 años de edad, Estado Civil: Soltero, hijo de: MARIA DE SOUSA (V) y de DAVID GONCALVES (V), de profesión u oficio Encuellado r de taladro petroleros, natural de MATURIN Estado MONAGAS, nacido en fecha 01/05/1987 domiciliado en: CALLE PRINCIPAL, CASA S/N, AGUASAY ESTADO MONAGAS, CERCA D LA UNEFA, teléfono: 0416-4258066, cumplió con las condiciones que le fueron impuesta en la Audiencia Preliminar celebrada el día 03-10-2013, es por lo que este tribunal procede a dar cumplimiento a lo establecido en segundo aparte del articulo 361 del Código Orgánico Procesal Penal, para Decretar el Sobreseimiento de la Causa, por lo que este Tribunal pasa a publicar la decisión dictada en los siguientes términos:

Que el Fiscal 3ro del Ministerio Público imputo en su oportunidad legal correspondiente, al ciudadano DAVID FERNANDO GONCALVE DE SOUSA, titular de la cédula de identidad Nº 20.138.888, por la presunta comisión de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el articulo 218 del Código Penal
En 03-10-2013, en audiencia preliminar se acordó la Suspensión Condicional del Proceso por el lapso de tres (03) meses conforme al PROCEDIMIENTO ESPECIAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 354, 358, 361 del Código Orgánico procesal penal, imponiéndole de las siguientes condiciones:

1.-) Presentaciones periódicas cada 45 Días por ante el departamento de alguacilazgo de esta sede judicial. 2.- Realizar un donativo de dos resma de hojas al Entidad Socio educativa DR. JOSE MARIA RENGEL. 3) No incurrir en un nuevo delito.-

De las actuaciones se desprende el cumplimento de las condiciones establecida en la Suspensión Condicional del Proceso de conformidad con lo establecido en el artículo 361 del Código Orgánico Procesal Penal, verificado el total y cabal cumplimiento de las obligaciones, considera quien decide que lo procedente y ajustado a derecho es declarar EXTINGUIDA LA ACCION PENAL y en consecuencia decretar EL SOBRESEIMIENTO en el presente asunto seguido al ciudadano DAVID FERNANDO GONCALVE DE SOUSA, titular de la cédula de identidad Nº 20.138.888 por la presunta comisión de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el articulo 218 del Código Penal, conforme a lo previsto en los artículos 46, 49 ordinal 7° y 300 ordinal 3 todos del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia una vez firme la presente decisión generará los efectos previsto en el artículo 301 eiusdem, es decir, se pondrá termino al presente procedimiento, y el presente asunto adquirirá la autoridad de cosa juzgada. Y así se decide.

DISPOSITIVA

Por lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia estadales y Municipales en Función de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA ACCION PENAL en el presente asunto seguido al ciudadano DAVID FERNANDO GONCALVE DE SOUSA, titular de la cédula de identidad Nº 20.138.888, por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el articulo 218 del Código Penal, conforme a lo previsto en los artículos 46, 49 ordinal 7° y 300 ordinal 3 todos del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETANDOSE LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL Y EN CONSECUENCIA EL SOBRESEIMIENTO DEL PRESENTE ASUNTO, en tal sentido, una vez firme la presente decisión generará los efectos previsto en el artículo 301 eiusdem, es decir, se pondrá termino al presente procedimiento y el presente asunto adquirirá la autoridad de cosa juzgada; como corolario líbrese Oficio al Jefe del Sistema Integral de Identificación (S.I.I.P.O.L), informando lo decidido, a objeto actualizar el status de la solicitud que pueda presentar el referido ciudadano con respecto al presente asunto. notifíquese a las partes. Una vez vencido el lapso legal correspondiente remitir El presente asunto al archivo definitivo para su cuido y resguardo.- Publíquese, déjese copia cerificada de la presente decisión.
El Juez 1ro de Control


ABG. ERIC JESUS FERRER VALLADARES

El Secretario