REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control del Estado Monagas
Maturin, 7 de Enero de 2014
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2013-019971
ASUNTO : NP01-P-2013-019971

AUTO DE APERTURA DE JUICIO
Por cuanto en esta misma fecha se celebró la Audiencia Preliminar en el presente asunto y se ordenó la Apertura al Juicio Oral y Público, seguida contra de de los imputados FRANKLIN JOSE GOMEZ, titular de la cedula de identidad 17.411.048, y, MARYENIS MUÑOZ titular de la cedula de identidad 16.702.711, seguido por la presunta comisión del delito de INVASION previsto y sancionado en el articulo 471-A del Código Penal, es por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, se dicta el auto de apertura a Juicio el cual contiene:

Identificación de los Acusados

FRANKLIN JOSE GOMEZ, titular de la cedula de identidad 17.411.048, Natural de Maturín, Estado Monagas, de nacionalidad venezolano, nacido en fecha 19-06-1984, de 29 años de edad, vive en la Calle 08, casa número 22 de Alto Paramaconi, Estado Monagas.

MARYENIS MILAGROS MUÑOZ ROQUE, titular de la cedula de identidad 16.702.711, Natural de Cumaná, Estado Sucre, de nacionalidad venezolana, nacida en fecha 28-01-1983, de 30 años de edad, vive en la Calle 08, casa número 22 de Alto Paramaconi, Estado Monagas.



De los Hechos y Motivos especificados en la presente causa

“En el mes de diciembre del año 2010, los imputados FRANKLIN JOSE GOMEZ y MARYENIS MUÑOZ, invadieron un inmueble constituido por una bienhechurias enclavadas sobre una parcela de ejidos municipales que mide ocho (8 mts) de frente por veinticinco metros (25mts) de fondo, de aproximadamente doscientos metros cuadrados (200 M2) ubicada en la calle 08, casa Nº 22 de Alto Paramaconi, sector 01 Maturín, Estado Monagas, cuyos linderos son los siguientes: Norte calle N08, que es su frente, Sur: con C.C:C sucre Nº 01, Este con casa que es o fue de Xiomara Gamardo y oeste: con casa que es o fue de Milagros Triana, propiedad de la ciudadana ELBIA RAFAELA RODRIGUEZ según consta en documento registrado por ante la oficina subalterna del segundo circuito del registro Publico del Municipio Maturín del Estado Monagas, quedando inserto bajo el numero 46. Tomo 11, de fecha 06 de Diciembre del año 2000.”

Admisión del Escrito Acusatorio y Calificación Jurídica
Se admite TOTALMENTE la acusación presentada por parte del Fiscal del Ministerio Público, por considerar que cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 308 del Código Orgánico Procesal Penal, por el delito de INVASION previsto y sancionado en el articulo 471-A del Código Penal, en contra de los ciudadanos FRANKLIN JOSE GOMEZ, titular de la cedula de identidad 17.411.048, y, MARYENIS MUÑOZ titular de la cedula de identidad 16.702.711, convicción esta a que llega este Tribunal con base a los elementos que cursan en actas procesales.

Pruebas Admitidas
De igual forma este Tribunal ADMITEN TOTALMENTE LAS PRUEBAS DE DECLARACIÓN DE EXPERTOS, TESTIGOS, DOCUMENTALES toda vez que fueron debidamente promovidas por el Ministerio Público, en su escrito ACUSATORIO y son pertinentes, no contrarias a derecho y necesarias, para el esclarecimiento de los hechos, y alcanzar la verdad de los mismos por las vías jurídicas, y haber sido obtenidas de manera lícita, haciendo mención.

Orden de Abrir el Juicio Oral y Público

Se ordena la Apertura a JUICIO ORAL Y PÚBLICO a tenor de lo dispuesto en los Artículos 313 ordinal 2° y 314 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, por el delito de de INVASION previsto y sancionado en el articulo 471-A del Código Penal, en contra de los ciudadanos FRANKLIN JOSE GOMEZ, titular de la cedula de identidad 17.411.048, y, MARYENIS MUÑOZ titular de la cedula de identidad 16.702.711.

Emplazamiento a las partes
Se emplaza a las partes para que un plazo común de cinco (5) días concurran ante el Tribunal de Juicio que ha de conocer el presente asunto.

Instrucción al Secretario
Se instruye a la Secretaria de remitir las actuaciones correspondientes a la Fase Preparatoria a la Fiscalía Segunda del Ministerio Público de este Estado y las actuaciones correspondientes a la Fase Intermedia a la Oficina de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial Penal, a los fines de que sea distribuido al Tribunal de Juicio Correspondiente, en la oportunidad de Legal.

El Juez

ABG. MILANGELA MILLÁN GÓMEZ

El Secretario

ABOG.