REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 6 de Febrero de 2014
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2013-004916
ASUNTO : NP01-P-2013-004916

Por recibido y visto en esta misma fecha informe técnico relativo al ciudadano: FRANK JOSÉ ARRIOJAS CARMONA y dado que se observa que el informe psicosocial realizado al penado: FRANK JOSÉ ARRIOJAS CARMONA con pronostico FAVORABLE, a tal efecto es por lo que esta Instancia a establecer las siguientes consideraciones:

ÚNICO

Por cuanto en esta misma fecha se recibió ante este Tribunal informe psicosocial relativo al penado: FRANK JOSÉ ARRIOJAS CARMONA , con pronostico FAVORABLE, previamente cabe indicar que aun en el auto de ejecución y computo emitido en fecha 14 de Noviembre de 2013 se indicaron las formulas alternativas de cumplimiento de pena y el informe psicosocial se realizo conforme a la formula alternativa de cumplimiento de pena bajo la modalidad de régimen abierto, no es menos cierto que el referido ciudadano en razón a la pena impuesta es acreedor del beneficio de la Suspensión condicional de la ejecución de la pena tal como lo establece el articulo 482 del Código Orgánico Procesal Penal y siendo valido para ello el informe técnico practicado y como quiera este tribunal, requiere a los fines de decidir respecto al citado beneficio, se cumpla con la totalidad de los requisitos establecidos, corroborándose que no ha sido remitida la Constancia De Conducta Ni Consignada La Oferta De Trabajo , en consecuencia se ACUERDA DIFERIR EL PRONUNCIAMIENTO, en cuanto al beneficio al cual opta el ciudadano penado FRANK JOSÉ ARRIOJAS CARMONA hasta tanto cursen a los autos la totalidad de los requisitos exigidos por la ley para la procedencia del beneficio antes mencionado, a tal efecto se ordena requerir con CARÁCTER DE URGENCIA la Constancia de Conducta al recinto carcelario donde se encuentra recluido el penado y la oferta de trabajo al citado penado a objeto de emitir el respectivo pronunciamiento. Y ASÍ SE DECLARA.
DISPOSITIVA

Por todo cuanto antecede es por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución Administrando Justicia en Nombre de la Republica por Autoridad de la Ley ACUERDA DIFERIR EL PRONUNCIAMIENTO, en cuanto a la formula alternativa de cumplimiento de pena a la cual opta el ciudadano penado FRANK JOSÉ ARRIOJAS CARMONA, titular de la Cedula de Identidad V-17.430.383 hasta tanto cursen a los autos la totalidad de los requisitos exigidos por la ley para la procedencia del beneficio antes mencionado, a tal efecto se ordena requerir con CARÁCTER DE URGENCIA la Constancia de Conducta al recinto carcelario donde se encuentra recluido el penado y la oferta de trabajo al citado penado a objeto de emitir el respectivo pronunciamiento. Líbrese lo Conducente. Cúmplase.-
LA JUEZA

ABG ROSMELYS ROJAS BARRETO.



LA SECRETARIA

ABG VIRGINIA CAMACHO.