Mediante escrito presentado por ante este Tribunal en fecha 26 de Noviembre de 2.013; los ciudadanos LUIS MENESES Y ABIGAIL HIDROGO identificados en autos, comparecieron y expusieron lo siguiente:
Que en fecha 29 de Marzo de 2012, contrajeron matrimonio civil por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Cedeño del Estado Monagas, tal como se evidencia del Acta de Matrimonio marcada con la letra “A”; Que después de contraído el matrimonio que desde el 05 de Mayo de 2012 han permanecido separados de hecho, por lo que de mutuo acuerdo conmvinieron en separarse legalmente de cuerpos y bienes de conformidad con lo establecido en los Artículos 189 y 190 del Código Civil que durante su unión conyugal no procrearon hijos; y no adquirieron bienes para la Comunidad Conyugal; y que en razón de lo anteriormente expuesto y pasado un año los solicitantes manifestaron que no hubo reconciliación por lo que piden solicitar la separación en Divorcio, es por lo que acuden ante este Tribunal a solicitar el Divorcio de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil.