Nº DE EXPEDIENTE: NP11-L-2013-000709
PARTE ACTORA: JOSE PUENTES, REINALDO CEDEÑO, LUIS PADRON. FRANCISCO LEONETT, JUAN BARRETO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro. 10.254.972, 14.960.239, 5.391.824, 9.106.567, 8.369.581 de este domicilio
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: ELIXANDER GOMEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 134.098, de este domicilio.
PARTE DEMANDADA: CONEXEL, C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: RAFAEL RMIREZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo los Nro. 66.934
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.


Hoy, 25 de febrero de 2014, comparecieron por ante este Tribunal los ciudadanos REINALDO CEDEÑO, LUIS PADRON, FRANCISCO LEONETT, JUAN BARRETO, en su carácter de demandantes, asistidos por el Abogado ELIXANDER GOMEZ, en su carácter de Apoderado Judicial de los demandantes y el abg. RAFAEL RAMIREZ, en su carácter de Apoderado Judicial de la empresa CONEXEL, C.A.,,, identificados todos en el encabezamiento de la presente acta, se da comienzo al presente acto y por cuanto han logrado un acuerdo en la prolongación de la Audiencia Preliminar, el Tribunal en virtud de tal solicitud acuerda de conformidad, en consecuencia se levanta la presente acta en los términos siguientes y por vía de transacción, ofreció pagar la suma única y definitiva, al ciudadano REINALDO CEDEÑO, la cantidad de SEIS MIL CIENTO CINCUENTA BOLIVARES, (Bs. 6.150), el cual será cancelados en cheque número 11006447 del Banco Venezuela por la cantidad de bolívares 6.150 a favor del trabajador de fecha 25-02-14, quien recibe en esta acto , al ciudadano LUIS PADRON, la cantidad de SEIS MIL CIENTO CINCUENTA BOLIVARES, (Bs. 6.150), el cual será cancelados en cheque número 03006448 del Banco Venezuela por la cantidad de bolívares 6.150 a favor del trabajador de fecha 25-02-14, quien recibe en esta acto, al ciudadano FRANCISCO LEONETT , la cantidad de SEIS MIL CIENTO CINCUENTA BOLIVARES, (Bs. 6.150), el cual será cancelados en cheque número 06006449 del Banco Venezuela por la cantidad de bolívares 6.150 a favor del trabajador de fecha 25-02-14, quien recibe en esta acto, al ciudadano JUAN BARRETO, la cantidad de SEIS MIL CIENTO CINCUENTA BOLIVARES, (Bs. 6.150), el cual será cancelados en cheque número 33006450 del Banco Venezuela por la cantidad de bolívares 6.150 a favor del trabajador de fecha 25-02-14, quien recibe en esta acto, al ciudadano JOSE PUENTE, la cantidad de SEIS MIL CIENTO CINCUENTA BOLIVARES, (Bs. 6.150), el cual será cancelados en cheque número 21006446 del Banco Venezuela por la cantidad de bolívares 6.150 a favor del trabajador de fecha 25-02-14, , el tribunal lo recibe y lo consignara por ante de la OCC de esta Coordinación para que se retirado por el trabajador, donde se incluyen todos los conceptos reclamados en el libelo de la demanda, que se generaron durante el tiempo que duro la relación laboral con la empresa, que comprenden las Prestaciones Sociales. Los trabajadores y su Apoderado Judicial manifiestan que están totalmente satisfecho con el ofrecimiento hecho por la reclamación que se sustanció en la presente causa señalando que no tiene nada más que reclamar a la empresa demandada; por los conceptos reclamados ni por ningún otro, concluida de conformidad con lo expuesto las partes han llegado al acuerdo antes expuesto ut supra, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Las partes solicitaron en este acto se expidan copias certificadas de la presente acta a los efectos correspondientes así como el archivo del expediente. Este Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES. Dándole efectos de la Cosa Juzgada, ordenándose el archivo del expediente. Se deja constancia que se entregan las pruebas.
EL JUEZ PROVISORIO,
Abg. JOSÉ L. ADRIÁN MATA
LA SECRETARIA (0), Abg.
Los trabajadores y su Apoderado




El Apoderado Judicial de la empresa


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
El Secretario (a)