ACTA



Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2014-000920
PARTE ACTORA: JUNEL SEGUNDO VAZQUEZ PAZ
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: GIOVANNY TROCONIS
PARTE DEMANDADA: MECA EXPRESS SERVICE C.A
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: Erwin Moscarella
MOTIVO: Prestaciones Sociales.

En el día hábil de hoy,12 de Junio de 2014, siendo las 2:18 PM, oportunidad para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos JUNEL SEGUNDO VAZQUEZ PAZ y MECA EXPRESS SERVICE C.A en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de treinta y nueve mil setecientos dos Bolívares con noventa y un céntimos (Bs.39.702,91) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar, los cuales le son entregados al ciudadano extrabajador en este acto a través de cheque girado en contra de la Institución Financiera BANCO BICENTENARIO Banco Universal signado bajo el numero: 71410662 del cual se deja copia simple para ser agregado al expediente. En este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Las partes presentan escrito el cual se ordena agregar al expediente. La parte demandada trajo instrumento poder en copia simple el cual se ordena agregar al expediente.


El Juez

El Secretario

Abg. Frank Guanipa





Los Presentes