Comisión: 06192
JANETT DEL VALLE RENGEL/ LUIS ARAY.
En horas de Despacho del día de hoy 11 de Marzo de 2.014, siendo las 1:30 p.m., se trasladó el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Punceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, constituido por : el Juez Abg. Cesar Natera Arrioja, la Secretaria Abg. Angelica Campos y acompañados por la abogada en ejercicio SUSANNE DRESCHER REQUENA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 101.324, en su carácter de apoderada judicial de la parte de la ciudadana JANETT DEL VALLE RENGEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.947.652, quien actúa en nombre propio y en representación de los ciudadanos LUIS ANTONIO FRANCIS VILLEGAS y LUIS RAMON FRANCIS VILLEGAS, titulares de las cédulas de identidad Nros. 18.658.850 y 18.658.851, a los fines de practicar MEDIDA DE SECUESTRO decretada por el Tribunal comitente: JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, sobre una parcela de terreno propiedad privada, que mide una superficie de VEINTE HECTAREAS (20 HAS), ubicado en el sitio denominado SAN JAIMITO GONZALERO, en Jurisdicción del Municipio Maturín del Estado Monagas, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con carretera que conduce al Caserío San Jaime en Doscientos metros (200 mts); SUR: Con terrenos propiedad del Ing. José Alberto Seijas Zambrano en Doscientos metros (200 mts), ESTE: Con terrenos propiedad de NORMAN ALEJANDRO SEIJAS ROBLES, en un Mil Metros (1000 Mts) y OESTE: Con terrenos propiedad de la Sociedad Mercantil Asfaltos Orientales C.A (ASFORCA) en un mil metros (1000Mts), propiedad de los ciudadanos LUIS ANTONIO FRANCIS VILLEGAS y LUIS RAMON FRANCIS VILLEGAS, antes identificado, según documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Primer Circuito del Municipio Maturín del Estado Monagas en fecha 31 de Julio de 2.006, bajo el N° 18, Protocolo Primero, Tomo 9, Tercer Trimestre del año 2.006, con motivo del Juicio de INTERDICTO RESTITUTORIO incoado contra LUIS ARAY, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.722.637. La medida no se materializo por cuanto la parte actora solicito la devolución de la presente comisión por cuanto existía la posibilidad de llegar a un arreglo amistoso.