REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en función de Control Audiencia y Medidas de la Circunscripción Judicial del estado Monagas
Maturín, 13 de Marzo de 2014
203º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2014-001989
ASUNTO : NP01-S-2014-001989

AUTO DE FUNDAMENTACIÓN DE ORDEN DE APREHENSION

Por recibido el presente asunto y vista la solicitud presentada por la ABGA. YOMAIRA GONZALEZ, Fiscala Novena del Ministerio Público del Estado Monagas, mediante la cual y sobre la base de lo presentado, solicita al Tribunal sea librada Orden de Aprehensión, en contra del Ciudadano: ANDRES ABRAHAN RAMIREZ, venezolano, natural de Maturín estado Monagas, nacido en fecha 30-06-1994 de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº.- V 22.714.754, soltero, de profesión u oficio indefinida, residenciado en la Calle Bella Vista, Casa Nº.- 43 Quiriquire Municipio Punceres, Estado Monagas por la presunta comisión de la comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 43, encabezamiento y tercer aparte, con las circunstancias agravantes establecidas en el artículo 77 ordinales 5º, 81 del Código Penal de unos delitos de los previstos y sancionados en la LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, en perjuicio de la Adolescente de 14 años de edad (de quien se omite su identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña, y Adolescente. De la revisión exhaustiva de las actas procésales se evidencia con toda claridad la comisión unos hecho delictuales, perseguibles de oficio, cuya acción penal donde se verifica que se consumó una VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 43, encabezamiento y tercer aparte, con las circunstancias agravantes establecidas en el artículo 77 ordinales 5º, 81 del Código Penal tal como consta de las actas presentadas ante este Tribunal, como lo son: PRIMERO: Cursa al folio (1) DENUNCIA realizada ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, interpuesta en fecha 17 de marzo 2013, por la ciudadana (SE OMITE IDENTIDAD), titular de la cédula de identidad Nº.- V 16.311.269, residenciada en Complejo Habitacional Paramaconi, Calle 06, Casa 14- 22, Maturín, Estado Monagas , quien expuso lo siguiente: “Comparezco por ante esta Oficina con la finalidad de denunciar al ciudadano ANDRES ABRAHAN RAMIREZ, quien es conocido como “El Bebe”, ya que mi hija de nombre (SE OMITE IDENTIDAD) me informó que dicho ciudadano había abusado sexualmente de ella…Seguidamente el funcionario receptor interroga al denunciante de la siguiente manera: PRIMERA PREGUNTA ¿Diga usted, lugar hora y fecha donde se suscitan los hechos? CONTESTO: “El vive cerca de mi casa, en un barrio de los indios” CONTESTO: Eso ocurrió en Quiriquire, Municipio Punceres, Estado Monagas, no conozco la dirección exacta, en horas del mediodía del jueves 20-02-2014. …” SEGUNDO: Cursa al folio (3) ACTA DE ENTREVISTA de fecha 24 de 02-2014 a la adolescente (SE OMITE IDENTIDAD), de nacionalidad venezolana, natural de Quiriquire, Estado Monagas, nacida en fecha 03-09-1999, de 14 años de edad, de estado civil, soltera, de ocupación o profesión, titular de la cédula de identidad N° 28.429.074, estudiante, quien manifestó lo siguiente:: “…Bueno resulta que el día Jueves 13-02-2014, en horas del mediodía venía camino a la parada de mi casa , en compañía de mi tía (SE OMITE IDENTIDAD), y en eso se acerca un muchacho de nombre ANDRES ABRAHAN RAMIREZ, me llama y me dice que me andaba buscando desde temprano, y me dijo que me montara, que el me iba a llevar hasta la parada y en eso que me monto arrancó y mas adelante montó a otro señor, que conozco como apodado el GOCHO, y me dice ABRAHAN que EL GOCHO era dueño de la moto y condujo hasta una casa de dos plantas que está al lado de una panadería, en el Sector del Carrizal, nos bajamos de la moto y EL GOCHO se fue conduciendo la moto. ABRAHAN se fue caminando hasta la entrada de una casa, y tocó la puerta y abrió un señor, ellos hablaron bajito y ABRAHAN me dice que pasara, que los acompañara que el iba a buscar unas llaves, cuando entramos me agarra fuerte por el brazo y me dice que suba las escaleras hasta el segundo piso, pude ver que habían varias puertas y se escuchaban voces de hombres y mujeres, cuando ABRAHAN abre una de esas puertas el pasa para el cuarto y yo me quedé en la parte de afuera, y el me dice que pase porque alguien me puede ver, y me agarra por el brazo, y al pasar le pasó seguro a la puerta y el empezó a desvestirme, se quita camisa, pantalón el interior y los zapatos y cuando está completamente desnudo le digo que es lo que el quiere, y el se me lanzó encima, me abraza y me besa, yo lo empujaba y le decía que me dejara tranquila, y el me repetía que me quedara quieta, empezó a quitarme mi ropa me tiró en la cama se me monto encima y yo me puse a llorar, el me decía que no llorara, hasta que me penetró con su pene y yo gritaba pero nadie me escucho porque en esa casa colocaron una música muy fuerte y al terminar el me dijo que me vistiera, yo como pude me vestí porque me dolía mucho y cuando salimos del cuarto el dueño de la casa le dijo ya terminaste y el dijo que si y al salir de esa casa el me acompaño hasta la placita de carrizal y desde allí me fui para casa de mi abuela, y al día siguiente fue que al salir del baño mi abuela me vio un morado que tenia en el cuello y le conté lo que ABRAHAN me había hecho y llamó a mi mama y le conté todo, es todo…”.TERCERO: Cursa al folio (06) ACTA DE ENTREVISTA de fecha 24-02-2014 a (SE OMITE IDENTIDAD), de nacionalidad venezolana, natural de Maturín Estado Monagas, nacida en fecha 28-11-1963, de 50 años de edad, de estado civil, Casada, de ocupación o profesión, Del Hogar, titular de la cédula de identidad Nº 8.978.978, residenciada en Calle el Estadio, del Sector Pueblo Nuevo 1, Casa S/Nº, Municipio Punceres, Quiriquire Estado Monagas, quien manifestó lo siguiente: “…Bueno resulta ser que el día viernes 21-02-2014, encontrándome en mi residencia, pude notar en momentos en que mi nieta de nombre (SE OMITE IDENTIDAD), salía de bañarse, que tenia un morado “CHUPON” en el cuello específicamente en el lado izquierdo y le pregunte que porque tenia eso, que quien le había hecho eso, ella no quería decirme, yo la amenace diciéndole que si no me decía le iba a pegar, y fue cuando ella se puso a llorar y ella empezó a contarme todo, diciéndome que el día jueves 20-02-2014, como a eso de la 01:50 minutos de la tarde, cuando veníamos saliendo en compañía de su tía (SE OMITE IDENTIDAD), del liceo donde estudian, se les acerco un ciudadano de nombre ANDRES ABRAHAN RAMIREZ, quien es conocido como “EL BEBE”, en una moto diciéndole que se montara con ella, que la iba a llevar hasta la parada que agarrara carro hasta su casa, pero que en el camino el se había desviado y la llevo hasta una casa donde estaba un señor con quien (SE OMITE IDENTIDAD), se puso a conversar, metiéndola a la casa a uno de sus cuartos trancando la puerta con seguro, quitándole toda la ropa, ella me dice que cuando el se quito toda su ropa ella empezó a decirle que no le hiciera nada, pero el la recostó contra la pared y empezó a besarla, aventándola a la cama y quitándole la ropa donde tuvieron relaciones sexuales y que todo el cuerpo loe dolía, es todo…”CUARTO: Cursa al folio (08) ACTA DE ENTREVISTA de fecha 24-02-2014, a (SE OMITE IDENTIDAD), de nacionalidad venezolana, natural de Maturín Estado Monagas, nacida en fecha 22-01-2002, de 12 años de edad, de estado civil, Soltera, de ocupación o profesión, Estudiante, titular de la cédula de identidad Nº 29.735.866, residenciada en la Calle el Estadio, del Sector Pueblo Nuevo 1, Casa S/Nº, Municipio Punceres, Quiriquire Estado Monagas, quien manifestó lo siguiente: “…Resulta ser que el día 20-02-2014, cuando eran como la una y veinte horas de la tarde aproximadamente, me encontraba en compañía de mi sobrina (SE OMITE IDENTIDAD), específicamente en las afueras del liceo JUANA RAMIREZ, ubicado en Quiriquire donde estudiamos juntas, es cuando de momento se presento en una moto un muchacho al cual no conozco, quien le dijo a mi sobrina (SE OMITE IDENTIDAD), acompáñame que tenemos que hablar, entonces ella le dijo que no, pero el chamo le dijo que se montara en la moto que la iba a dejar en la parada, por lo que (SE OMITE IDENTIDAD) se monto y arrancaron, pero el muchacho agarro hacia el Carrizal en vez de agarrar hacia la parada, entonces me fui hasta la parada que este ubicada en Quiriquire mas arriba del liceo, pero nunca llego mi prima y como venia un autobús me fui para mi casa, es todo…” QUINTO: Cursa al folio (13) ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL de fecha 24-02-2014, suscrita por el funcionarios DETECTIVE YOHANI ESCOBAR, adscritos al Área de Investigación… “…Me trasladé en compañía del funcionario DETECTIVE LUIS MONSALVO (TECNICO) conjuntamente con la ciudadana (SE OMITE IDENTIDAD), quien aparece plenamente identificada en actas anteriores por ser denunciante, a bordo de la unidad Tacoma Numero 3-0787, hacia el Sector Carrizalez, casa sin número de color blanco Municipio Punceres del estado Monagas… fuimos atendidos por un ciudadano quien se identificó como ANDRES ABRAHAN RAMIREZ, venezolano, natural de Maturín estado Monagas, nacido en fecha 30-06-1994 de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº.- V 22.714.754, soltero, de profesión u oficio indefinida, residenciado en la Calle Bella Vista, Casa Nº.- 43 Quiriquire Municipio Punceres, Estado Monagas, quien manifestó ser la persona requerida por la comisión se le hizo entrega de la boleta de citación …”.SEXTO: Cursa al folio catorce (14) inspección Técnica Nº.- 108 de fecha 24-02-2014 suscrito por los funcionarios DETECTIVES YOHANI ESCOBAR (INVESTIGADOR) Y LUIS MONSALVO (TECNICO) adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas penales y Criminalísticas sub delegación “B” Caripito en la siguiente dirección SECTOR CARRIZALEZ, CALLE CARRIZALEZ, CASA SIN NUMERO, QUIRIQUIRE, MUNICIPIO PUNCERES DEL ESTADO MONAGAS, denominado tipo CERRADO. SEPTIMO: Cursa al folio Dieciocho (18) EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL de fecha 25-02-2014 suscrito por el Detective LUIS MONSAVO (técnico) Funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas penales y Criminalísticas sub delegación “B” Caripito, constante: 1º.- Una (1) prenda de vestir tipo pantalón, modelo causal, de color azul, marca Enrique Tinni, Talla 16 elaborado de fibras naturales, dicha pieza se aprecia usada en regular estado de conservación. 2º.- una (1) prenda de vestir tipo licra modelo capris, color azul, marca Gleily, sin talla aparente elaborado en fibras naturales, dicha pieza se aprecia usada en regular estado de conservación. 3º.- Una prenda de vestir tipo blumer, modelo tanga, color naranja con estampados de corazón, sin marca ni talla aparente, elaborado en fibras naturales y sintéticas, dicha pieza se encuentra en regular estado de conservación…”.OCTAVO: Cursa al folio veinte (20) ACTA DE INVESTIGACION de fecha 25-02-2014, suscrita por el funcionario Detective YHANI ESCOBAR adscritos al Área de Investigación del Cuerpo de Investigaciones Científicas penales y Criminalísticas sub delegación “B” Caripito y en consecuencia expone: “En esta misma fecha se presentó la ciudadana (SE OMITE IDENTIDAD) quien se encuentra identificada en actas anteriores por ser la persona denunciante quien manifestó tener conocimiento de la dirección donde reside el ciudadano ANDRES ABRAHAN RAMIREZ apodado el “BEBE” , quien es el imputado en la en la causa penal en mención de igual manera manifestó que el sujeto conocido con el apoyo “EL GOCHO” responde al nombre de LOPEZ CASTILLO ANGEL RAMON y que el mismo el dueño del vehículo CLASE MOTO utilizado como el medio de comisión para trasladar a la adolescente hasta el lugar donde se originaron los hechos… que habita en una vivienda en el sector Pueblo Nuevo Municipio Punceres, Estado Monagas, y que el ciudadano ANDRES ABRAHAN RAMIREZ reside en el sector de Quiriquire el mismo Municipio, residencia donde al parecer ocurrieron los hechos…”. NOVENO: Cursa al folio veinticinco (25) OFICIO MEMORANDUM Nº 9700-079-039 de fecha 06-03-2014 suscrito por el DETECTIVE LUIS MONSAVO (técnico) Funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas penales y Criminalísticas sub delegación “B” Caripito donde hace constar que el Ciudadano ANDRES ABRAHAN RAMIREZ, titular de la cédula de identidad Nº.- V 22.714.754, presenta los siguientes registros policiales Expediente K-13-0074-06431 de fecha 20-11-2013 por el delito de ROBO DE VEHICULO por la Subdelegación de Maturín. DECIMA: Cursa al folio veintiséis (26) ACTA DE ENTREVISTA DE FECHA 27-02-2014 realizad a la adolescente de 14 años de edad, (identidad omitida) acompañad de su progenitora (SE OMITE IDENTIDAD) plenamente identificada en acta por cuanto es la denunciante, quien rindió una ampliación de la entrevista con relación a lo sucedido por su persona, dejó constancia de las características del lugar tipo vivienda donde se suscitaron los hechos que se investigan…DECIMA PRIMERA: Cursa al folio veintisiete (27) de las actas procesales ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 07-03-2013, al ciudadano MAYO FRANK a quien se les resguarda la identidad y en consecuencia expuso las circunstancias de tiempo, modo y lugar del conocimiento que tiene los hechos y describió las características del inmueble donde habita sitio donde ocurrieron los hechos: “… eso fuel día jueves 20-020-2014 en horas del medio día en mi residencia ubicada en el sector carrizalez, calle Carrizalez casa sin número , municipio Punceres del estado Monagas…”. ¿Diga usted el sujeto que conoce como el “BEBE” frecuenta mucho su casa? Contestó No solo ese día porque andaban con las muchachas esas ya que mi hijo es novio de una amiga de ella DECIMA SEGUNDA: Cursa al folio veintiocho (28) informe forense nº.- 0681 de fecha 25-02-2014 suscrito por la DRA. BARBARA GONZALEZ experta profesional i ADSCRITA AL Servicio Nacional y de Ciencias Forense y Medicina legal Región Monagas, practicado a la adolescente de 14 años (identidad omitida) Interrogatorio: Un muchacho conocido de vista le dio la cola en una moto y se desvió hacia una casa, la obligó agarrándola por las manos. Ginecológico: Presenta laceración en labio menor izquierdo, vestigios de himen anular, secreción blanquecina, ano rectal. Esfínter tónico, pliegues ano rectal conservado, conclusión: Ginecológico: Signos de Desfloración antigua, Signos de trauma recientes, ano rectal: ni signo de trauma antiguo ni reciente. Dentro de los límites normales. DECIMO TERCERO: Cursa al folio veintinueve (29) ENTREVISTA de fecha 10-03-2014 a una Adolescente víctima denunciante de 14 años (identidad omitida) quien expuso: “El día jueves 20-02-2014 como a eso de las 12:00 horas del medio día, yo venía saliendo en compañía de mi tía …y una amiga, del liceo Juana Ramírez ubicado en Quiriquire, hacia la parada de Quiriquire, yo venía más adelante que ella entonces ANDRES ABRAHAN llegó en una moto color negro con rojo y el me dijo… hazme el favor, y yo me acerqué y le me dijo llevo rato buscándote, yo le dije para qué y él me dijo que necesitaba hablar conmigo y el me dijo para donde tu vas y me dijo móntate que yo te llevo, yo accedí a montarme en la moto, cuando yo veo que él no siguió hacia la parada sino que siguió derecho para CARRIZALEZ y más bajo se montó un señor a quien conozco apodado “EL GOCHO” y ANDRES ABRAHAN me dijo que ese señor era el dueño de la moto…llegamos una casa… me dijo bájense… salió un señor a quien en mi vida nunca había visto y el señor nos dijo pasen y nosotros pasamos , el señor cerró la puerta con seguro…de los otros cuartos se escuchaban voces y ANDRES me dijo que pasara para una de las habitaciones …lo que hizo fue alarme por la mano y meterme para la habitación y la cerró con seguro…me tiró en la cama y empezó a tocarme y besarme por todo el cuerpo y se montó encima y yo me negaba tratando de separadlo de mi y quitármelo de encima diciéndole que me dejara tranquila y yo le dije que mi mamá era policía y él me dijo que no le importaba eso y abusó de mi cuando eso estaba ocurriendo yo empecé a llorar porque me dolía y él me decía que me callara la boca, cuando eso estaba ocurriendo en esa casa pusieron música muy fuerte …” En tal sentido, es importante citar lo que estable el primer aparte del Artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal: “…Dentro de las veinticuatro horas siguientes a la solicitud fiscal, el Juez o Jueza de control resolverá respecto al pedimento realizado. En caso de estimar que concurren los requisitos previstos en este artículo para la procedencia de la privación judicial preventiva de libertad, deberá expedir una orden de aprehensión del imputado o imputada contra quien se solicitó la medida…”.
Asimismo, establece el Artículo 5 de la ley Orgánica Sobre Los derechos de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia: “El Estado tiene la obligación indeclinable de adoptar todas las medidas administrativas, legislativas, judiciales y de cualquier otra índole que sean necesarias y apropiadas para asegurar el cumplimiento de esta Ley y garantizar los derechos humanos de las mujeres víctimas de violencia”.
Es verificable que de las actas procesales que conforman el presente Asunto Penal, se evidencia que se han vulnerado los derechos que tiene la Adolescente de 14 años de edad (identidad omitida) de decidir libremente sobre su persona, las circunstancias antes aludidas han vulnerado la situación de la ciudadana Victima, y que sin duda contravienen el sentido y alcance que la Ley Orgánica cuya competencia se ostenta, y en este sentido, ha concebido el legislador, como Derechos protegidos, la dignidad, integridad física, psicológica, sexual, patrimonial y jurídica de las mujeres victimas de violencia, y a la fecha que expone la ciudadana víctima es verificable que no se encuentra prescritas.
Por todo lo antes expuesto considera esta Juzgadora que lo procedente y ajustado a derecho es decretar la orden de aprehensión de conformidad con el primer aparte del artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal en contra del Ciudadano: ANDRES ABRAHAN RAMIREZ, venezolano, natural de Maturín estado Monagas, nacido en fecha 30-06-1994 de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº.- V 22.714.754, soltero, de profesión u oficio indefinida, residenciado en la Calle Bella Vista, Casa Nº.- 43 Quiriquire Municipio Punceres, Estado Monagas por la presunta comisión de la comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 43, encabezamiento y tercer aparte, con las circunstancias agravantes establecidas en el artículo 77 ordinales 5º, 81 del Código Penal de unos delitos de los previstos y sancionados en la LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, en perjuicio de la Adolescente de 14 años de edad (de quien se omite su identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña, y Adolescente, en perfecta consonancia con el artículo 236 numerales 1º, 2º, 3º, en concordancia con el artículo 237, numerales 2º y 3º°, a en atención al primer aparte del citado artículo 236; todos previstos en el Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en función de Control Audiencia y Medidas deL Circuito Judicial Penal del Estado Monagas ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA ORDEN DE APREHENSION, de conformidad a lo establecido en el artículo 236, numerales 1º, 2º, 3º, en concordancia con el artículo 237, numerales 2º y 3º, en atención al primer aparte, del citado artículo 236; todos previstos en el Código Orgánico Procesal Penal, en contra del Ciudadano ANDRES ABRAHAN RAMIREZ, venezolano, natural de Maturín estado Monagas, nacido en fecha 30-06-1994 de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº.- V 22.714.754, soltero, de profesión u oficio indefinida, residenciado en la Calle Bella Vista, Casa Nº.- 43 Quiriquire Municipio Punceres, Estado Monagas por la presunta comisión de la comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 43, encabezamiento y tercer aparte, con las circunstancias agravantes establecidas en el artículo 77 ordinales 5º, 81 del Código Penal de unos delitos de los previstos y sancionados en la LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, en perjuicio de la Adolescente de 14 años de edad (de quien se omite su identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña, y Adolescente. ya que existen suficientes elementos de convicción. Líbrense oficios a los diferentes Organismos de Seguridad de este Estado a los efectos de la Aprehensión aquí acordada. Líbrese lo conducente. Notifíquese y remítase el presente Asunto a la Fiscalía Novena del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial.

JUEZA PRIMERA DE CONTROL AUDIENCIA Y MEDIDAS
ABGA. IVIS RODRIGUEZ CASTILLO
SECRETARIA JUDICIAL
ABGA. GRACIELA CIRCELLIS JIMENEZ