REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL L.O.P.N.A

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia para la Responsabilidad Penal del Adolescente en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 22 de Mayo de 2014
204º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-D-2014-000392
ASUNTO : NP01-D-2014-000392

Corresponde a este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control Sección Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, decidir sobre la solicitud de declinatoria de competencia solicitada por el Fiscal 10° del Ministerio Público en el presente asunto instruido en contra del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA. Y por cuanto el referido ciudadano no presenta por ante este Tribunal solicitud alguna, en aras de garantizar los derechos y garantías que lo asisten, se ordena sea puesto de manera urgente a la orden de su Juez Natural conforme lo establecido en el artículo 7 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto observa este Tribunal su incompetencia para conocer del asunto seguido al imputado de autos en razón del territorio.
DISPOSITIVA

Con base a lo anteriormente expuesto, este Tribunal 1° en Funciones de Control-Sección Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República y Por Autoridad de la Ley, conforme lo dispuesto en el articulo 80 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLINA LA COMPETENCIA POR RAZON DEL TERRITORIO, del presente asunto en el cual resultó aprehendido el ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, quien fue aprehendido por encontrarse requerido por el Juzgado Octavo de Control Sección Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas, mediante oficio N° 1205-13 de fecha 03/12/2013 según expediente N° 8C-2603-13, no indica delito. Se ordena oficiar al Comandante del Destacamento 77 Primera Compañía Tercer Pelotón de la Guardia Nacional Bolivariana de Caripito, para que con la urgencia y las seguridades del caso realice el traslado del referido ciudadano hasta la Ciudad de Caracas y lo coloque a la orden del Tribunal antes mencionado. Líbrese lo conducente.
La Juez 1° de Control

ABG. MARIA HERMINIA LUONGO CABELLO
La Secretaria