Comisión: 06194
FRANCESCO FIORELLO MANCUSO Y CARMELO ANTONIO FIORELLO MANCUSO/
En horas del día de hoy 15 de Mayo de 2.014 y habilitado como fue el tiempo necesario, siendo las 7:00 a.m., se trasladó el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Punceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, constituido por : el Juez Abg. Cesar Natera Arrioja, la Secretaria Abg. Angelica Campos y acompañados por la abogada en ejercicio HUMBERTO BUCARITO, inscrito en el Inpreabogado 92.843, en su carácter de apoderado judicial de la parte Querellante FRANCESCO FIORELLO MANCUSO Y CARMELO ANTONIO FIORELLO MANCUSO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 9.288.965 y 11.344.583, así como el representante de la Depositaría Judicial Monagas ROBER VILLARROEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.363.873, quien estando presente acepto el cargo y presto el juramento de Ley respectivo, a los fines de practicar el amparo a la posesión legitima a favor de la parte querellante sobre un inmueble decretada por el Tribunal comitente: JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, con motivo del Juicio de INTERDICTO DE AMPARO POSESORIO, constituido por una parcela de terreno y las bienhechurias en ella construida, con una superficie de SIETE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE METROS CUADRADOS (7.667,00 MTS2), ubicada en el sitio conocido como Altos de la Cruz de la Paloma, cercano de la Población de la Cruz de la Paloma, a 100 metros de la Estación de Servicios Alex, Avenida Bella Vista, de esta Ciudad de Maturín del Estado Monagas, alinderado como sigue: NORTE: En una longitud de cuarenta y ocho metros (48mts) con terrenos vacantes, propiedad de la agropecuaria La Pica; SUR: En una longitud de cien metros (100.00Mts) con carretera de asfalto que conduce de esta Ciudad de Maturín al sitio conocido como crucero del Indio Maturín, hoy avenida Bella Vista. ESTE: En una longitud de ciento seis metros (106,00 Mts), con terrenos que son o fueron de Salvador Caramia, y OESTE: Una Poligonal que en una de sus partes tiene una longitud de cuarenta y tres metros (43,00 Mts), y en la otra, una longitud de Noventa y Cinco metros (95,00 Mts), registrado en fecha 29 de Febrero de 2000, bajo el N° 17, Folio 133 al 138, Protocolo Primero, Tomo Séptimo, Primer Trimestre del 2000. La medida fue debidamente cumplida.