N° DE ASUNTO NP11-L-2014-000534
PARTE ACTORA: DAISY GUERRA, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.208.998 de este domicilio.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: DAYSIS MILLAN Y OTROS, inscrito en el INPREABOGADO bajo los Nro 193.495 de este domicilio.
PARTE DEMANDADA: AGENCIA DE LOTERIA ÉXITO III, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ARNELSA RAVELO Y OTROS, inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 101.343 de este domicilio.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.


Hoy, 23 de octubre de 2014, comparecieron por ante este Tribunal la Abg. BRIZEIDA CARLO, en su carácter de Apoderada Judicial de la demandante, la Abg. ARNELSA RAVELO, en su carácter de Apoderada Judicial de la empresa AGENCIA DE LOTERIA ÉXITO III y por cuanto han logrado un acuerdo en la prolongación de la Audiencia Preliminar, el Tribunal en virtud de tal solicitud acuerda de conformidad, el monto total de la demandado es de bolívares TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO BOLIVARES CON 50 CENTIMOS, (Bs. 34.934,50), en consecuencia se levanta la presente acta en los términos siguientes y para dar por concluido el presente reclamo y por vía de transacción, ofreció pagar a la ciudadana DAISY GUERRA, la cantidad de QUINCE MIL BOLIVARES, (Bs. 15.000), el cual será cancelados en dos pagos: el primer pago por la cantidad de bolívares 7.500 que será consignado por la OCC el día 30-10-14; el segundo pago por la cantidad de bolívares 7.500 que será consignado por la OCC el día 20-11-14. La Apoderada manifiesta que está totalmente satisfecho con la reclamación que se sustancio en la presente causa señalando que no tiene nada más que reclamar a la empresa demandada por los conceptos reclamados por las Prestaciones Sociales y Otros Conceptos. Las partes solicitaron en este acto se expidan copias certificadas de la presente acta a los efectos correspondientes así como el archivo del expediente. Este Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES. Y se le dará los efectos de la Cosa Juzgada, ordenándose el archivo del expediente al Archivo Judicial. Se deja constancia que se entregan las pruebas en este acto
EL JUEZ PROVISORIO,
Abg. JOSÉ L. ADRIÁN MATA
LA SECRETARIA (0),
La Apoderada de la trabajadora

La Apoderada de la empresa

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
El Secretario (a).