REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCION DEL NUEVO REGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, 17 de Diciembre de 2015
205° y 156º
ACTA
N° de Expediente: NP11-L-2015-001128
PARTE ACTORA: JOSÉ GREGORIO SALAZAR, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nro V.-14.111.791-
APODERADO JUDICIAL: JULIO CESAR RODRÍGUEZ MARCANO, inscrito en el Inpreabogado Nº 139.736
PARTE DEMANDADA: GUARDIAN DE VENEZUELA, S.R.L-
APODERADOS JUDICIALES DE LAS PARTES DEMANDADAS: ANA CECILIA SILVA, inscrito en el IPSA bajo el No. 36.086.-
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES, INDEMNIZACION POR DESPIDO INJUSTIFICADO Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.-


En el día hábil de hoy, 17 de Diciembre de 2015, siendo las 01:30 p.m. las partes habilitaron el tiempo y comparecieron por ante este Tribunal, el ciudadano JOSÉ GREGORIO SALAZAR, y su apoderado judicial JULIO CESAR RODRÍGUEZ MARCANO, y por la parte demandada GUARDIAN DE VENEZUELA, S.R.L., la apoderado judicial abogado ANA CECILIA SILVA, en su carácter de apoderada judicial según consta de poder consignado en este acto y certificado por secretaria, y a los fines de llegar a un acuerdo, el Tribunal en virtud de tal solicitud acuerda de conformidad, a manera transaccional, el monto total de lo demandando es de DOS MILLONES CIENTO TREINTA Y TRES MIL NOVECIENTOS VEINTIOCHO BOLIVARES CON 50/100 (Bs. 2.133.928,50) y en consecuencia se levanta la presente acta en los términos siguiente y la empresa ofrece pagar al ciudadano JOSÉ GREGORIO SALAZAR, la suma única y definitiva de UN MILLON OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES CON 00/100 (Bs. 1.800.000,00), mediante cheque numero 27600959 girado contra el Banco NACIONAL DE CREDITO, cuenta 0191-0046-47-2146021583. En este acto la parte demandante manifiestan que aceptan los monto ofertado y está totalmente satisfechos con la reclamación que se sustanció en la presente causa, señalando que no tiene nada más que reclamar por los conceptos de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos y de conformidad con lo expuesto las partes han llegado al acuerdo antes expuesto de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Las partes solicitaron en este acto se expidan copias certificadas de la presente acta a los efectos correspondientes así como el archivo del expediente. Se deja constancia que las partes consignar actas transaccional constante de Ocho (08) folios cada una, que forma parte integrante del acuerdo. La empresa le hace entrega de la constancia de S.S.O, CONSTANCIA DE TRABAJO Y LIQUIDACION DE PRESTACIONES SOCIALES, Este Tribunal da por reproducido en esta acta los documentos transaccionales; y conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, ordenándose el archivo del expediente. Expídase por secretaria las copias solicitadas y acordadas y entréguesele a los peticionarios.
EL JUEZ PROVISORIO
Abg. César Augusto Acevedo.-

El Trabajador y su apoderaddo.-


La Apoderado Judicial de la empresa.

La Secretaria(o)