REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal único de Violencia contra la Mujer en función de Juicio de la Circunscripción Judicial del estado Monagas
Maturín, 12 de Enero de 2015
204º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2009-007625
ASUNTO : NP01-P-2009-007625
De un análisis exhaustivo dispensado a las actas procesales que conforman el presente Asunto penal se verifica que en fecha 5 de junio del año 2012, este Tribunal decretó Sentencia Absolutoria y declara INCULPABLE, al ciudadano CRISANTO PEREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.748.424, venezolano, Natural de Maturín estado Monagas, nacido en fecha 08-01-1945, de 67 años de edad, Estado Civil: Soltero, hijo de: Luisa Damaza Pérez y de Edesio Silva , domiciliado en el sector Doña Menca, Calle Nº Tres (3), casa Nº siete (07) cerca de un Negocio donde venden CD, Parroquia Boquerón, Maturín Estado Monagas, en la comisión de los delitos de VIOLENCIA SEXUAL EN GRADO DE TENTATIVA Y AMENAZA previstos y sancionados en los artículos 41 y 43, tercer aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las mujeres a una Vida Libre de Violencia en relación con el Articulo 80 Primer aparte del Código Penal, con las circunstancias agravantes del Articulo 77 Ejusdem, Ordinales 8° y 9° Ejusdem y la Agravante genérica prevista concordancia con el articulo 99 del Código Penal con las agravantes 1, 5, 8, 9 y 14 del articulo 77 de la Ley Sustantiva en comento, en perjuicio de la Niña de 9 años de edad de quien se omite su identidad de conformidad con el articulo 65 Parágrafo Segundo de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, en consecuencia lo procedente en derecho es declarar una Sentencia Absolutoria, decreta el cese de la Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad que pesa sobre el ciudadano CRISANTO PEREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.748.424, y se ordena su inmediata libertad. Está por la publicación del Texto íntegro de la sentencia y la notificación a las partes. Líbrese lo conducente.
JUEZA DE JUICIO
ABGA. IVIS RODRIGUEZ CASTILLO
SECRETARIO JUDICIAL
ABAG. JUAN CARLOS GARCIA