REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal único de Violencia contra la Mujer en función de Juicio de la Circunscripción Judicial del estado Monagas
12de Enero de 2015
204º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2012-001689
ASUNTO : NP01-S-2012-001689
De un análisis dispensado a las actas procesales que conforman el presente Asunto penal se verifica que en fecha 9 de julio del año 2013 este Tribunal decretó Sentencia Absolutoria y declara INCULPABLE, al ciudadano ANGEL JESUS HERNANDEZ RONDON, venezolano, natural de Maturín, nacido en fecha 12/03/1986, de 27 años de edad, de estado civil soltero, de oficio OPERADOR; hijo de ORTENCIA RONDON, (V) y de HECTOR HERNANDEZ (V), titular de la cédula de Identidad número V-19.663.484, domiciliado en: AVENIDA PERIMETRAL, CASA S/N, SECTOR SIMON BOLÍVAR PUNTA DE MATA MUNICIPIO EZEQUIEL ZAMORA DEL ESTADO MONAGAS, Teléfonos: 0416-2996400, y 0416-488.56.68 de la comisión de los delitos de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 43 en su encabezamiento y primer aparte, AMENAZA previsto y sancionado en el artículo 41 en su encabezamiento y último aparte, y VIOLENCIA FÍSICA previsto y sancionado en el artículo 42 encabezamiento y segundo aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia y Se decreta el cese de la Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad que pesa sobre el ciudadano ANGEL JESUS HERNANDEZ RONDON, titular de la Cédula de Identidad número V-19.663.484, y se ordena su inmediata libertad desde esta Sala de juicio, tal y como lo establece el articulo 348 del Código Orgánico Procesal Penal vigente. Está por notificación a la Fiscalía Décima Quinta del Ministerio Público y a la Víctima de lo decidido. Por Publicación del Texto Integro de la sentencia y notificación a las partes.-
Líbrese lo conducente
JUEZA DE JUICIO
ABGA. IVIS RODRIGUEZ CASTILLO
SECRETARIO JUDICIAL
ABG. JUAN CARLOS GARCIA