REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS CON COMPETENCIA EN EL ESTADO DELTA AMACURO
Maturín, doce (12) de enero de dos mil quince 2015
204º y 155º

ASUNTO: NP11-G-2014-000169

Vista la demanda de Contenido Patrimonial, interpuesta por el ciudadano FAUZI ASSAFO, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-8.350.607, debidamente asistido por la abogada DOLLY MARIANELA OLLARVE MARCHAN, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 170.874, contra AGUAS DE MONAGAS C.A.; este Tribunal se declara competente para conocer de la presente demanda de Contenido Patrimonial de conformidad con lo previsto en los artículos 9 numeral 8, 25 numeral 1 y 56 y ss de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; y por cuanto no se encuentra incursa en ninguna de las causales de inadmisibilidad previstas en el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, sin perjuicio de revisar nuevamente dichas causales en la sentencia definitiva. De conformidad con lo establecido en el artículo 36 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, se ADMITE la referida demanda cuanto ha lugar en derecho.

En consecuencia, se ordena citar al Procurador General del estado Monagas, así como al Presidente (a) de Aguas de Monagas, con la advertencia de que una vez que conste en autos las citaciones practicadas, se fijará fecha y hora para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, de conformidad con lo establecido en el artículo 57 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.

Dada, Firmada y Sellada en la Sala de despacho del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con Competencia en el Estado Delta Amacuro, en Maturín, a los doce (12) días del mes de enero de dos mil quince (2015). Años 204° de la Independencia y 155° de la Federación.
La Jueza,


MARVELYS SEVILLA SILVA
La Secretaria Accidental,


RUTH MILENA LÓPEZ

En la misma fecha, siendo las ONCE de la mañana (11:00 a.m), se publicó y agregó la presente resolución a las actuaciones del expediente. De igual manera, se hizo su inserción en el Sistema Juris 2000 por parte de la ciudadana Jueza, así como su correspondiente publicación en el portal informático http://monagas.tsj.gov.ve/. Dejándose la copia ordenada para el copiador correspondiente. Conste.
La Secretaria Accidental,


RUTH MILENA LÓPEZ
MSS/RML/dv._.
ASUNTO: NP11-G-2014-000169